Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 23 de Septiembre de 2020, expediente CNT 019359/2012/CA001

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X

SENT.DEF. 2-1 EXPTE.Nº: 19.359/2012/CA1 (50.382)

JUZGADO Nº: 63 SALA

AUTOS: “DI SIERVI GUSTAVO FERNANDO C/ ALESSANDRIA ALBERTO JOSE

Y OTRO S/ OTROS RECLAMOS DAÑOS Y PERJUICIOS”

Buenos Aires,

El Dr.LEONARDO J. AMBESI, dijo:

  1. La sentenciante anterior, a la luz de la pericia médica obrante en autos,

    consideró acreditado que el actor (como consecuencia de las tareas de esfuerzo desarrolladas para la demandada)padece una incapacidad parcial y permanente del 38,78% de la t.o. y,

    consecuentemente, condenó aloscoaccionados al pago de una indemnización integral con fundamento en lo dispuesto en los arts. 1113, 1109 y ccds. del C.. Civil aplicable al caso.

    Tal pronunciamiento motivó los agravios de las partes demandada y actora, a tenor delos memoriales obrantes a fs. 470/477 y 480/486, mereciendo ambos sus respectivas réplicas(fs. 489/vta. para la demandada y fs. 509/510 para el accionante).

    Asimismo la perito médica (fs. 479) y la perito contadora (fs. 488/vta)

    apelaron sus honorarios regulados en grado por considerarlos reducidos.

  2. Se agravia la parte accionada por la valoración, efectuada en grado, de las declaraciones testimoniales obrantes en autos que llevaron a concluir que las tareas efectuadas por el actor guardaban un nexo de causalidad suficiente para justificar las lesiones denunciadas al inicio. Además considera infundado el análisis practicado en torno al porcentaje de incapacidad calculado, el cual entiende elevado, criticando que la “a quo” no aplicara la fórmula de B. en el caso, lo que hubiera reducido el guarismo antes mencionado. Asimismo, apela la inclusión de los factores de ponderación en el cálculo de dicho porcentual, aseverando que existiría una doble imposición indemnizatoria, por estimarlos incluidos en la reparación por daño moral. También considera excesivo el monto Fecha de firma: 23/09/2020

    Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

    de condena. Finalmente apela los honorarios regulados a los profesionales intervinientes por observarlos elevados.

    Por su parte, el actor apela la reducción del grado de incapacidad psicológica efectuado en grado, en comparación con lo calculado en el informe por la perito actuante. Al mismo tiempo, aprecia insuficiente el monto resarcitorio determinado por la “a quo”,

    indicando que no resultaría justo ni equitativo en relación a su estado de salud.

    Seguidamente, advierte que no fueron incluidos los gastos médicos por psicoterapia en el monto de condena y solicita que sean agregados. Por último, da cuenta de la existencia de un perjuicio potencial en el cálculo de sus honorarios por la aplicación de lo dispuesto en el art.

    8º de la ley 24.432 y solicita la revocatoria de lo dispuesto en origen sobre este punto.

  3. En primer lugar corresponde dar tratamiento a los agravios del accionado,

    relativos a la valoración de las declaraciones testimoniales y a su vínculo con el nexo de causalidad entre las tareas realizadas por Di Siervi y las lesiones por él sufridas.

    Ahora bien, del planteo recursivo de la demandada se desprende la crítica efectuada a la valoración de los testimonios arrimados a la causa, con especial énfasis en lasmanifestaciones del testigo T., de quien señala diversas inconsistencias en su ponencia, más allá de no haber impugnado la declaración en tiempo oportuno.

    Sobre el punto T. señaló que “…el actor distribuía baterías, cargando y descargándolas en la camioneta…”, y que el dicente “…era ayudado por el actor a descargar el camión con las baterías…”, agregando que “nunca vio al actor con elementos de seguridad para trabajar” (fs. 343/344). Los dichos del testigo contrastan con la tesitura del demandado quien señaló en su contestación de demanda que el actor era sólo un “chofer de corta distancia” y que las tareas de carga y descarga eran “efectuadas por otro personal”.

    Ahora bien, a fin de apreciar el contexto global de las declaraciones, cabe referirse a los testimonios que dan cuenta de la operatoria en cuestión.

    Así, la testigo B., quien se desempeña para el demandado, aunque también señaló que las labores de carga las realizaba otro empleado, al mismo tiempo confirmó que dentro de las tareas del actor “…llevaba baterías a clientes…”, y que contemporáneamente con ello padecía una...

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