Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 10 de Abril de 2017, expediente CNT 022017/2014/CA001

Fecha de Resolución10 de Abril de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X 22017/2014 DI P.H.A. c/ FLOOR CLEAN S.R.L.

s/DESPIDO CABA, 10 de abril de 2017.- SD El Dr. DANIEL E. STORTINI dijo:

  1. ) Vienen estos autos a la alzada a propósito del recurso que contra el pronunciamiento de fs. 241/243 interpuso el actor a tenor del memorial que obra a fs.

    244/245vta., el cual mereció la réplica de fs. 249/251. Asimismo la perito calígrafa apela por derecho propio los honorarios que le fueron regulados por considerarlos reducidos (fs. 246).

  2. ) Se agravia el demandante por cuanto el señor juez de la anterior instancia admitió la validez de la renuncia que formuló el 02/08/2013 (recepcionada por la demandada tres días después: ver informe postal de fs. 92) y con ello desestimó la demanda incoada.

    Argumenta que esa decisión respondió a una incorrecta valoración “a quo” de la prueba brindada (en particular la testimonial) de la cual –a su entender- surge que su voluntad se encontró viciada de nulidad al momento de dimitir y encubrió en los hechos un despido directo sin causa.

    Los términos de los agravios no resultan suficientes a fin de modificar lo así resuelto en grado.

    Resalto que era el propio actor quien debió traer elementos de juicio válidos (art. 377 C.P.C.C.N.) sobre la aseverada invalidez de esa dimisión al invocar haber sido presionado y obligado a tomar tal decisión porque “no iba a cobrar si no renunciaba”, circunstancia que encuadraría en el supuesto previsto por el art. 954 del Código Civil vigente a la época que aquí interesa (actual 332 del C.C.C.N.). Sin embargo, las declaraciones testificales y el resto de las probanzas arrimadas las considero ineficaces en ese sentido (art.

    90 L.O.).

    Tal como surge de la respuesta oficiaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires (fs. 161/173) el actor posee otorgada una beca desde el 01/08/2013 (esto es, un día antes de la comunicación de renuncia que cursó a su empleadora)

    por medio de la cual cumple tareas de limpieza en la misma institución hospitalaria que aquella en la que realizaba esas mismas labores para Floor Clean S.R.L. antes de ser Fecha de firma: 10/04/2017 Alta en sistema: 08/05/2017 Firmado por: E.R.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA #20337543#175908109#20170410081352941 estatizado ese servicio de limpieza (Hospital Interzonal General “V.L. y Planes” de General R.) (art. 403 del C.P.C.C.N.). Asimismo según lo informado por la misma dependencia...

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