Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 7 de Noviembre de 2018, expediente CSS 063346/2011/CA002 - CA001

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2018
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 CAUSA Nº63346/2011 Sentencia Definitiva Autos: “DI FINI DANIEL ESTEBAN c/ ESTADO NACIONAL - MIN.DE DEFENSA - EJERCITO ARGENTINO s/PENSIONES”

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia definitiva de fs. 162/163 que rechazó la demandada.

Y CONSIDERANDO:

El actor inicia demanda a fin de que se le reconozca el derecho a ser considerado “veterano de guerra” según lo establecido en las leyes 23.109 y 23.848, y en consecuencia se le otorgue la pensión honorífica retroactiva desde la entrada en vigencia del Decreto 886/2005.

La sentencia de grado rechazó la demanda por considerar que de la prueba aportada no surge que el actor se hubiere desempeñado en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS). Que surge de autos que fue movilizado al TOM pero en ningún momento entró en combate ni participó de las acciones bélicas.

Apela el accionante. Manifiesta que en la sentencia se reconoce que el actor fue trasladado al TOM y que las acciones que desplegó nunca fueron negadas por la demandada en forma categórica.

El art 1 de la ley 24892 extiende el beneficio establecido por las leyes 23848 y 24652 al personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que se encuentren en situación de retiro o baja voluntaria u obligatoria, esta última en tanto no se hubieran dado las causales que prevé el art 6 del Decreto 1357/04 y que hubieran estado destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o entrando efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS).

Surge de la letra de la norma que el legislador quiso dar preeminencia al hecho de “haber estado destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur”, presupuesto no cumplido por el accionante quien, sin desconocer la importancia de las tareas prestadas, lo hizo desde la Rio Gallegos.

Ahora bien, en autos no se encuentran acreditados los hechos denunciados en la demanda relativos a la especificidad de las tareas desempañadas por el actor en relación a la guerra de Malvinas. De la documental acompañada y de la prueba producida por las partes no surgen los dichos invocados en la demanda y por ende no pueden encuadrarse en la doctrina Fecha de firma: 07/11/2018 Firmado por...

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