Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 9 de Marzo de 2021, expediente CCF 000167/2014/CA002

Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2021
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa nº 167/2014 “DESARROLLOS EN SALUD S.A. c/ DOSUBA

s/COBRO DE SUMAS DE DINERO”. Juzgado nº 3 Secretaría nº 6

Buenos Aires, 9 de marzo de 2021.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto el 18 de setiembre de 2020 por el letrado de la actora y el día 25 del mismo mes por la demandada,

contra la resolución de fecha 16 de setiembre del 2020, que fueron concedidos el 30 de setiembre de 2020; oído el F. General; y Y CONSIDERANDO:

  1. ) En el proceso de ejecución de los honorarios iniciado por el abogado de la actora, doctor M.P., el juez de primera instancia rechazó el planteo de inconstitucionalidad formulado por dicho letrado respecto del artículo 61 de la Ley N° 21.839 –texto según ley 24.432–“…

    solamente en relación a los honorarios regulados bajo la vigencia de dicha ley…”; consiguientemente hizo lugar a la impugnación de la parte demandada, “…debiendo readecuar los profesionales actualización de sus honorarios regulados el 20/2/2018, a la tasa pasiva promedio BCRA…”. Por otro lado, aprobó “…la liquidación de intereses sobre los honorarios,

    regulados el 5/6/2018 hasta la suma de $65.521,68 (desde el 8/7/2018 hasta el 21/10/2019)” a la tasa activa, establecidos bajo la vigencia de la ley 27.423.

    Para justificar la improcedencia de la inconstitucionalidad planteada en punto a los honorarios regulados a la luz de la ley estipendiaría vigente hasta el 31/12/2017, sopesó que “la diferencia existente entre la actualización de honorarios con la aplicación de una tasa (activa BNA) y la otra (pasiva promedio BCRA), apenas alcanza un 23,39%...”, en oposición a los casos, en los que admitió la declaración de inconstitucionalidad, en los que “…ese porcentual superaba con creces, por ejemplo, el límite de confiscatoriedad que, en materia impositiva, fijó la Corte Suprema; que ha establecido en un 33% el tope de la presión fiscal…”

  2. ) El letrado se agravió de la interpretación realizada por el juez de grado para rechazar el planteo de inconstitucionalidad formulado, al sostener Fecha de firma: 09/03/2021

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    que efectuó un cálculo de actualización del crédito por honorarios conforme la tasa pasiva promedio que publica el B.C.R.A., para sostener que “apenas alcanza un 23,39%”, siendo que “…para [su] economía es[a diferencia es]

    significativa…”. Argumentó que resultaba inadmisible aplicar “…por analogía una cuestión de materia impositiva a la consideración del caso en que se plantea una acreencia generada por un deudor moroso quien no...

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