Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, 13 de Agosto de 2013, expediente 5-18038 – 23838-2013

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2013

PARANÁ – JUZGADO FEDERAL N° 1 – EXPEDIENTE N° 5-18038 – 23838-2013

SR. FISCAL GRAL. SOLICITA DESARCHIVO DE CAUSAS QUE TRAMITARAN POR ART. 10 LEY 23.049

(RECUSACIÓN DR. DELORENZI POR DEMONTE COSME I.M. 2013)

Poder Judicial de la Nación raná, 13 de agosto de 2.013.- REGISTRO:2013-T°II-F°0648

VISTOS:

Estos autos caratulados: “SR. FISCAL GRAL.

SOLICITA DESARCHIVO DE CAUSAS QUE TRAMITARAN POR ART. 10 LEY

23.049 (RECUSACIÓN DR. DELORENZI POR DEMONTE COSME

  1. M.

    2013)”, L. de E. Nº 5-18038-23838-2013, provenientes del Juzgado Federal N° 1 de la ciudad de Paraná, y;

    CONSIDERANDO:

    I- Que, llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal, en virtud del planteo recusatorio de sus miembros,

    Dra. C.G.G. –Presidenta-, Dr. Mateo José

    Busaniche –Vicepresidente- y Dr. D.E.A. –Juez de Cámara Subrogante-, instado por el imputado Cosme

  2. M.

    Demonte, a fs. 73/88 mediante un “otro si digo”, en fecha 10/07/13 y su abogado defensor a fs. 91/93 vta., en fecha 05/08/13. La susodicha recusación aparece fundada en la causal de “enemistad manifiesta” –art. 75 inc. 13 CPMP-.

    En el mismo sentido, y en el marco de los autos “Sr. Fiscal General Solicita Desarchivo de Causas que tramitaran por art. 10 ley 23049 (Inc. Nulidad Acusación Fiscal por D.)” Expte.Nº 5-18094, el mencionado imputado D. vuelve a recusar a los miembros de este Tribunal, en fecha 12/07/13; mientras que el imputado J.H.A., hace lo propio, en los autos “Sr. Fiscal General Solicita Desarchivo de Causas que tramitaran por art. 10 ley 23049 (Nulidad Actos procesales por Jorge H.

    Appiani)”, Expte.Nº 5- 18.095-, también en la misma fecha.

    Que, en fecha 05/08/13, el imputado Jorge H.

    Appiani, recusa a los miembros de este Tribunal por 1

    enemistad manifiesta

    , en el marco de los autos “A.,

    J.H. s/ Recurso de Queja” Expte. 5-18.107-24.123-

    2013 y el imputado C.I.M.D., procede en idéntico sentido y en la misma fecha en los autos: “D.C.I.M. s/ Recurso de Queja”, Expte. 5-18.106-24.122-

    2013.

    Que, finalmente en los autos: “Legajo de...

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