El derecho del accionista al dividendo

AutorGuillermo Andrés Moglia Claps
CargoProfesor Emérito de Derecho Comercial I. (USAL)
Páginas22-30
El derecho del accionista al dividendo
The shareholder's right to the dividend
Guillermo Andrés Moglia Claps*
RESUMEN
El estudio del tema en cuestión toca algunos puntos delicados del derecho
accionario y reviste particular interés en relación a la política de estabilización del
dividendo y autofinanciamiento (oculto o evidente), frecuentemente adoptada en
las sociedades por acciones con el fin de estabilizar el curso de los títulos para
evitar especulaciones y delimitar el recurso al crédito de terceros con el conexo de
la carga financiera. Esta política, comúnmente unida a la tendencia de ampliar la
empresa social, presenta, por un lado, aspectos positivos, pero puede, por otro,
lesionar en modo considerable los intereses económicos de los socios que
frecuentemente vienen a hacerse a costa de la política perseguida por los órganos
sociales.
ABSTRACT
The study of the subject in question touches on some sensitive points of stock law
and is of particular interest in the policy of stabilization of the dividend and self-
financing (hidden or obvious) which, in all evidence, is frequently adopted in
companies for shares in order to stabilise the course of securities to avoid
speculation and to delimit the use of third-party credit with the related financial
burden. This policy, commonly coupled with the tendency to expand social
enterprise, presents, on the one hand, positive aspects but can, on the other hand,
significantly damage the economic interests of the partners who often come to the
expense of politics persecuted by social organs.
PALABRAS CLAVE
Sociedades por acciones derecho del accionista dividendos
KEYWORDS
Shares by shares shareholder right dividends
1. Importancia del tema
El derecho del accionista al dividendo es un derecho individual y patrimonial, quizá
el más importante que le corresponde como tal
1
. Es particularmente relevante en
cuanto se relaciona con la finalidad por la cual el socio (el accionista) ha entrado a
formar parte de la sociedad y, por consiguiente, a la definición misma de la
sociedad como ejercicio en común de una actividad lucrativa con la finalidad de
dividirse las utilidades
2
.
No sin razón los autores constantemente subrayan la importancia del derecho al
dividendo en la economía de la sociedad. Alguno ha afirmado que,
*Profesor Emérito de Derecho Comercial I. (USAL).
1
Cfe. Donati, Antonio: “Tratado del Derecho de las Sociedades”. T omo II, ps.526/527. UTHEA Argentina.
Buenos Aires 1960.
2
Hace a la definición legal de la Ley General de Sociedades (LGS). Art.1°.Concepto. “Habrá sociedad si una
o más personas en forma organizada conforme a uno de los tipos previstos en esta ley, se obligan a realizar
aportes y aplicarlos a la producción o intercambio de bien es o servicios, participa ndo en los beneficios y
soportando las pérdidas.” (texto cfe. Ley 26994). El código civil italiano de 1942, art .2247, a su vez, dispone:
Con il contratto de societá due o piú persone conferiscono beni o servizi por l’esercizio in comune di una
attivitá económica allo scopo di divirne gli utili.” (redacción cfe. arts.1 d .ley 3/3/1998 n°88). -

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