Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A, 13 de Septiembre de 2016, expediente CPE 000716/2016/CA001

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2016
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A CPE 716/2016/CA1 Registro Interno N° 461/2016 E. E. Q. S.A. SOBRE INFRACCIÓN LEY 11.683 Expte. N° CPE 716/2016/CA1 - N° de orden 30.291 - Juzgado Penal Económico N° 5, Secretaría N° 10 - SALA “A”

Buenos Aires, 13 de septiembre de 2016.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

La nota de la Actuaria obrante a fs. 86 de estos autos y lo establecido por el artículo 454 del Código Procesal Penal de la Nación, SE

RESUELVE:

TENER POR DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto a fs. 77/78 y vta. Con costas.

R., notifíquese y devuélvase.

Se deja constancia de que firman únicamente los suscriptos por encontrarse en uso de licencia el Dr. Bonzón y conforme lo autoriza el artículo 109 del Reglamento...

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