Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 25 de Junio de 2019, expediente CPE 001814/2016

Fecha de Resolución25 de Junio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III – C.F.C.P.

Causa Nº CPE 1814/2016/CFC1 Cámara Federal de Casación Penal “F., E.Á. y otro s/recurso extraordinario”

Registro nro.: 980/19 Buenos Aires 25 de junio de 2019.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Como consecuencia de un error involuntario en la parte resolutoria de la sentencia de fs. 310 y vta. se dispuso la devolución de las actuaciones al tribunal de origen, cuando en realidad correspondía elevarlas a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Tal circunstancia impone formular una aclaración, en tanto no significa alteración esencial del pronunciamiento mencionado, atento que de las constancias agregadas al expediente se desprende con total evidencia que el aludido yerro es de neta índole material.

Por ello, el tribunal,

RESUELVE:

ACLARAR el pronunciamiento de fs. 310 y vta. en el sentido indicado (art. 126 del C.P.P.N.).

R., notifíquese, comuníquese al Centro de Información Judicial -CIJ- (Acordada de la CSJN 5/2019) y...

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