Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 13 de Junio de 2019, expediente CPE 001115/2017

Fecha de Resolución13 de Junio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

CFCP - S. I CPE 1115/2017/CFC1 Cámara Federal de Casación Penal “R., R.D. y otros s/

recurso extraordinario”

Registro N.. 1029/19 Buenos Aires, 13 de junio de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa nº CPE 1115/2017/CFC1, caratulada “R., R.D. y otros s/ recurso de casación”, acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario federal presentado a fs. 1695/1707 vta., por el Ministerio Público F., contra la resolución dictada por esta S. I con fecha 07 de mayo de 2019, obrante a fs. 1691/1692 vta. (Reg. N.. 718/19), en cuanto resolvió: “DECLARAR INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el F. General, sin costas (arts. 444 in fine, segundo párrafo, 530 y sgtes. del C.P.P.N.)”.

Y CONSIDERANDO:

Como en jurisprudencia consolidada lo ha sostenido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el recurso extraordinario exige entre otros requisitos para su procedencia que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en la especie no ocurre (Fallos 306:136; 305:1694 y 147:371).

La parte recurrente ha basado su impugnación en la reedición de agravios que han tenido adecuada respuesta en esta instancia, consistente en meros juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo acreditar relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal que invoca (Fallos 295:335; 300:443; 302:561 y 303:2012, entre otros).

Fecha de firma: 13/06/2019 1 Alta en sistema: 14/06/2019 Firmado por: DIEGO G. BARROETAVEÑA, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #30204685#236427652#20190614105325506 Asimismo, el impugnante no ha introducido argumentos novedosos que puedan conmover los fundamentos desarrollados por esta S., para permitir la habilitación de...

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