Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 17 de Octubre de 2019, expediente CPE 000324/2019

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación “ANTHOLOGY S.A. SOBRE INFRACCIÓN LEY 11.683” J.N.P.E. N° 8, SECRETARÍA N° 16. CAUSA N°

CPE 324/2019/CA1. ORDEN N° 29.287. SALA “B”.

Buenos Aires, de octubre de 2019.

VISTO:

El recurso de casación interpuesto por el representante de ANTHOLOGY S.A. a fs. 197/218 vta. de estas actuaciones, contra la resolución de fs. 188/191 del mismo legajo, dictada por esta Sala “B” (CPE 324/2019/CA1, res del 18/09/19, Reg. Interno N° 722/19), en cuanto por aquélla, se confirmó la resolución del juzgado “a quo” de fs. 139/146, por el cual el señor juez de la instancia anterior no hizo lugar a un planteo de nulidad y confirmó la resolución administrativa de fecha 7/12/18.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, como se ha establecido por el voto mayoritario de numerosos pronunciamientos de esta Sala “B” (confr. R.. Nos. 140/99, 628/00, 935/00, 1141/00, 438/01, 546/02, 269/04, 35/07, 704/08 y 383/10 entre otros, de esta Sala “B”), por la enunciación de las resoluciones recurribles que se efectúa por el art. 457 del C.P.P.N. se advierte que, tanto las sentencias definitivas como las equiparables a éstas a que se refiere aquella norma procesal, son las que han sido dictadas en una causa penal, por ello quedan excluidas, entre otras, las sentencias recaídas en expedientes formados como consecuencia de un hecho de naturaleza infraccional o contravencional, según la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos 298:57) y de la Cámara Federal de Casación Penal (confr. C.F.C.P., S.I., R.. Nos. 435 y 2054, S.I., Reg.

    N° 2158, S.I., Reg. N° 96/98 y S.I., Reg. N° 5267).

  2. ) Que, en casos similares al presente, la Cámara Federal de Casación Penal, expresó: “...la materia que se aspira a ventilar resulta extraña Fecha de firma: 17/10/2019 a la competencia de esta instancia (art. 23 de la ley 23.984), habida cuenta del Alta en sistema: 21/10/2019 Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.J.G., PROSECRETARIO DE CAMARA #33254896#247025306#20191018082142152 carácter de la infracción de que se trata, cuyo juzgamiento se halla a cargo de un órgano de la administración, dado que ante esta Cámara proceden los recursos de casación y de inconstitucionalidad contra las sentencias definitivas o equiparables a tales dictadas por los tribunales en el marco de la ley 23.984 y de naturaleza penal...” (confr. C.F.C.P., S.I., causa N° 822, “S.A.

    ORGANIZACIÓN COORDINADORA ARGENTINA s/recurso de queja”, rta.

    el 4/3/98, Reg. N° 1154; causa N°...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR