la Delia S.C.A.

Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2009

Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha:

22/09/2009. Número: 090922428545/A. Matrícula Profesional Nº: 4311.

  1. 28/09/2009 Nº 81332/09 v. 28/09/2009 ROOSEVELT 5065

    SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Por Esc. Nº 229, Fº 1079, Registro 1375 de Cap. Fed., se constituyó la sociedad: 1) Roosevelt 5065 S.R.L. 2) Socios: Héctor Juan Bernardo, argentino, 02/01/54, casado, DNI 11.022.101, CUIT 20-11022101-1, arquitecto,

    Mariano Moreno 4668, Caseros, Bs. As.; Antonella Andrea De Carolis, argentina, 18/04/87, soltera, DNI 32.996.188, CUIL 27-32996188-0, comerciante, Cramer 1880, piso 5, C.A.B.A.;

    Bárbara Ollivier, argentina, 21/11/79, soltera,

    DNI 27.767.453, CUIT 27-27767453-5, docente, Monroe 4383, departamento 8, C.A.B.A.;

    y Martín Ollivier, argentino, 20/11/84, soltero,

    DNI 31.507.809, CUIL 20-31507809-2, comerciante, Cramer 1880, piso 9, C.A.B.A. 3) Sede:

    Lucio V. Mansilla 2713, piso 1, departamento 'D', C.A.B.A. 4) Plazo: 7 años. 5) Objeto: La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, en asociación o en colaboración con terceros, dentro de la República Argentina, las siguientes actividades: Constructora: Mediante la ejecución de proyectos, dirección, administración y realización en general de obras de ingeniería y arquitectura, incluyendo entre otras las hidráulicas, mecánicas, sanitarias, eléctricas y/o edificios, propios y/o ajenos, barrios abiertos y/o cerrados, country, clubes de campo, cementerios privados, caminos, pavimentaciones, urbanizaciones, mensuras, construcción de viviendas, complejos habitacionales de renta y comercio, refacción, remodelación, reciclaje, decoración, ampliación y demolición de inmuebles, bajo el régimen de la Ley 13.512 de Propiedad Horizontal y demás legislación sobre propiedad horizontal, o bajo cualquier otro régimen, para su posterior comercialización. Realización de toda clase de obras públicas contratadas por organismos y reparticiones nacionales, provinciales y/o municipales, ya sea por contratación directa o por licitaciones públicas y/o privadas. Inmobiliaria:

    Mediante la construcción, compra, venta, permuta, alquiler, leasing, arrendamiento y administración de propiedades, inmuebles urbanos y rurales, lease-back; efectuar toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas; incluso las operaciones comprendidas en las leyes y reglamentos sobre Propiedad Horizontal, redactar y dictar Reglamentos de Copropiedad y Administración, Reglamentos internos, intervenir en operaciones por el régimen de tiempo compartido y en la constitución de fideicomisos de la Ley 24.441, integrar dichos fideicomisos actuando como fiduciaria, fiduciante, beneficiaria o fideicomisaria, o inclusive los que se constituyan por cualquier otro régimen o sistema actual o futuro; excepto financieros; tomar para la venta o comercialización operaciones inmobiliarias de terceros. Se excluyen todas las actividades comprendidas en la ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso público. Las actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo por profesionales con título habilitante; cuando así sea preciso. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos; contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no estén prohibidos por las leyes o por este contrato social. 6) Cap.: $ 1.380.000. 7) Administración y representación legal: 1 o más Gerentes, en forma individual e indistinta. 8) Mandato: plazo que se determine al designarlos, en este caso, por el plazo de duración de la sociedad. 9) Gerente: Jorge Gastón Ollivier, argentino, 24/10/47, casado, DNI 8.268.912, CUIT 20-08268912-6,

    Juana Manso 740, torre 2, piso 19 departamento 4, C.A.B.A. 10) Domicilio especial gerente:

    Lucio V. Mansilla 2713, piso 1, departamento 'D', C.A.B.A. 11) Sindicatura: Prescinde. 12) Cierre ejercicio: 30/06. Norberto Javier Gastón Curras Lencinas, autorizado en escritura 229, folio 1079, del 23/09/2009, Registro 1375.

    Certificación emitida por: Clara P. Czerniuk de Picciotto. Nº Registro: 1375. Nº Matrícula: 3948.

    Fecha: 23/09/2009. Nº Acta: 20. Nº Libro: 22, Int.

    91239.

  2. 28/09/2009 Nº 82551/09 v. 28/09/2009 RUTA 40 SUR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Por escritura 119 del 18/09/2009 Registro 844

    CABA ha resuelto modificar su objeto, quedando el artículo tercero redactado de la siguiente manera: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, la explotación de estaciones de servicios para vehículos automotores, mediante: a) la compra venta de combustible, GNC y lubricantes y la comercialización, importación, exportación, consignación y/o representación de todo tipo de accesorios o repuestos u otros elementos de la industria automotriz para automóviles, camiones, ómnibus, tractores, motovehículos, ciclomotores, vehículos industriales y comerciales y equipos de toda clase y tipo de motores; b) la explotación de servicios complementarios tales como, taller mecánico, engrase, gomería, lavadero, servicio de grúas; minimercado y bar. Suscribe Paula Eugenia Abad apoderada por esc. 96 del 6/8/09

    Registro 844 CABA.

    Certificación emitida por: Martín Rodríguez Giesso. Nº Registro: 1557. Nº Matrícula: 4433.

    Fecha: 22/09/2009. Nº Acta: 172. Nº Libro: 16.

  3. 28/09/2009 Nº 81431/09 v. 28/09/2009 SERPAK SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Se hace saber por un día que por escritura 78 del 17/09/09 al folio 191 del Registro Notarial 1630 C.A.B.A., los socios modificaron las cláusulas tercera y quinta del contrato que quedan así:

    'Tercera: El Capital Social se fija en la suma de pesos treinta mil, divididos en trescientas cuotas de Pesos cien cada una, totalmente suscriptas e integradas por los socios en dinero en efectivo' y 'Quinta: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quienes actuarán en forma indistinta y permanecerán en su cargo por todo el término de duración de la sociedad. Tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social, inclusive los previstos en los artículos 1831 del Código Civil y 9 del decreto-ley 5965/63.

    Los socios gerentes prestarán una garantía de Pesos diez mil ($ 10.000), consistente en...

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