Decreto Nro. 801 - EX-2020-04917267—GDEMZA-MGTYJ

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición19 de Mayo de 2022

MENDOZA, 19 DE MAYO DE 2022

Visto el expediente EX-2020-04917267—GDEMZA-MGTYJ en el cual la Sra. GUADALUPE MUJICA, interpone Recurso Jerárquico en contra de la Resolución Nº 439/20 emitida por la Dirección Ejecutiva del Hospital Luis C. Lagomaggiore; y

CONSIDERANDO:

Que el recurso debe ser calificado como de alzada y no jerárquico, por ser interpuesto contra una resolución de la máxima autoridad de un organismo descentralizado;

Que en cuanto a los requisitos formales de procedencia del recurso de alzada, teniendo en cuenta que la notificación acompañada no reúne los requisitos establecidos en el Art. 150 de la Ley Nº 9003, corresponde tenerlo por deducido dentro del tiempo legal, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 184 de la Ley Nº 9003, por lo que el recurso de referencia debe ser admitido desde el punto de vista formal;

Que el principio general establecido en la Constitución Nacional en su Artículo 16 dice: “La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento, no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la Ley y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”. Aquí se sienta el principio que rige esta materia, la idoneidad como condición para el acceso al empleo;

Que el Estatuto del Empleado Público Decreto-Ley Nº 560/73 en su Art. 10 establece: “El ingreso a la función pública se hará previa acreditación de la idoneidad. Son además requisitos indispensables: ser argentino, salvo caso de excepción cuando determinados tipos de actividades así lo justifiquen, poseer condiciones morales y de conducta y aptitud psicofísica para la función a la cual aspira ingresar. El personal permanente ingresará por el nivel inferior del agrupamiento correspondiente, salvo que deban cubrirse puestos superiores y que no existan candidatos que reúnan las condiciones requeridas una vez cumplidos los procesos de selección pertinentes”;

Que aún los empleados públicos que ingresan a planta, quedan sujetos a un plazo a prueba de seis meses, así lo establece el Art. 12 del mismo Cuerpo Legal: “El nombramiento del personal permanente tendrá carácter provisional durante los seis primeros meses de servicio efectivo, al término de los cuales se transformará automáticamente en definitivo cuando el agente haya demostrado idoneidad y condiciones para las funciones del cargo conferido. En caso...

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