Decreto Nro. 780 - EX-2022-03030393-GDEMZA-OSEP#MSDSYD

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2022

MENDOZA, 16 DE MAYO DE 2022.-

Visto el Expediente EX-2022-03030393-GDEMZA-OSEP#MSDSYD, y

CONSIDERANDO:

Que la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) tramita un aporte presupuestario y financiero por la suma de PESOS QUINIENTOS MILLONES TRESCIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 98/100 ($ 500.301.455,98);

Que el orden 20 del expediente de referencia obra Resolución del Honorable Directorio de la Obra Social de Empleados Públicos, la cual ratifica el “Acuerdo de Reconocimiento de Deuda y Pago” celebrado entre la Obra Social de Empleados Públicos (O.S.E.P.) y la Industria Farmacéutica – Prestadores Farmacéuticos, representada por las Cámaras CAEMe (Cámara Argentina de Especialidades Medicinales), CILFA (Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos) y COOPERALA (Cámara Empresaria de Laboratorios Farmacéuticos);

Que el aporte resulta necesario a fin de contribuir a la cancelación del acuerdo antes mencionado;

Que el mismo es propicio, ya que está fundado en el Artículo 53 de la Ley N° 9356 el cual establece... ” Autorícese al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, quien podrá transferir desde la suma de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($200.000.000) para la O.S.E.P con destino a financiar gastos de funcionamiento de la misma, debiendo acompañar la documentación que se detalle en la reglamentación. Dicha remesa se hará efectiva en la medida que presupuestaria y financieramente sea factible”…;

Que en orden 13 obra el Dictamen Legal de la Secretaría de Asuntos Jurídicos, el cual no tiene observaciones legales que formular;

Que existen saldos disponibles en el Ministerio de Hacienda y Finanzas, los cuales pueden ser destinados a otorgar el aporte solicitado por la Obra Social de Empleados Públicos;

Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado a realizar las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias dentro del total aprobado por la Ley de Presupuesto Vigente;

Por ello, y teniendo en cuenta lo establecido por el artículo 53, el inciso d) y el penúltimo párrafo del artículo 9º de la Ley N° 9356 y el artículo 3º y 23 del Decreto Acuerdo Nº 191/2022;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1º

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones Vigente, Ejercicio 2022, del modo que se indica en la Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente decreto, cuyo monto...

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