Decreto Nro. 719 - EXPEDIENTE: EX-2019-00282570-GDEMZA-DRNR#SAYOT RENUNCIA POR JUBILACIÓN

EmisorMINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA
Fecha de la disposición23 de Abril de 2019

MENDOZA, 23 DE ABRIL DE 2019.

Visto el Expediente: EX-2019-00282570-GDEMZA-DRNR#SAYOT, mediante el cual se tramita la renuncia presentada por el agente Hipólito Leandro Lineros, C.U.I.L. N° 20-10331592-2, a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria; y

CONSIDERANDO:

Que en documento de orden 2 se presenta el agente Hipólito Leandro Lineros, C.U.I.L. N° 20-10331592-2, con el objeto de renunciar a partir del 01 de febrero de 2019 al cargo que desempeña, por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria.

Que en documento de orden 3 obra informe de situación de revista del agente Hipólito Leandro Lineros, C.U.I.L. N° 20-10331592-2.

Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 12 del Decreto Acuerdo Nº 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial, cuentan con sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual, la continuidad o no de su afiliación al citado Organismo.

Por ello y en virtud de lo dispuesto en los Artículos 15 incisos m) y n), 58 y 59 del Decreto Ley N° 560/73 y lo dictaminado por las Asesorías Legales de la Dirección de Recursos Naturales Renovables y la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por aceptada la renuncia, a partir del día 01 de febrero de 2019, al agente Hipólito Leandro Lineros, C.U.I.L. N° 20-10331592-2, al cargo Clase 003, Régimen Salarial 35, Código Escalafonario: 3-03-03, de la Dirección de Recursos Naturales y Renovables de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria por Ley 24.241 y modificatorias A.N.Se.S.

Artículo 2º

El agente Hipólito Leandro Lineros deberá, en el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no con el beneficio que otorga la citada institución.

Artículo 3º

Téngase presente que...

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