Decreto Nro. 591 - EX-2020-02337205—GDEMZA-MGTYJ

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición20 de Abril de 2022

MENDOZA, 20 DE ABRIL DE 2022

Visto el expediente EX-2020-02337205—GDEMZA-MGTYJ en el cual el Lic. CARLOS DANIEL MOREIRA, interpone Recurso de Alzada en contra de la Resolución HD-2020-509-GDEMZA-OSEP#MSDSYD, emitida por el Honorable Directorio de la Obra Social de Empleados Públicos; y

CONSIDERANDO:

Que el recurso es formalmente admisible en razón de haber sido interpuesto en legal tiempo y forma según lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo;

Que mediante la Resolución mencionada se rechazó el Recurso de Aclaratoria, interpuesto por el Lic. Moreira en contra de la Resolución HD-2019-713, respecto al pedido de rectificación de la misma en cuanto a la Clase en la que se lo designa;

Que expresa el recurrente que se ha incurrido en un error al momento de indicar la Clase en la cual se lo designa, sosteniendo que lo deberían haber encasillado en Clase 08;

Que el Lic. Moreira ingresó como Enfermero Profesional, contratado bajo la modalidad de Locación de Servicios, mediante Resolución Nº 185/2011 DG es designado en Planta Permanente en un cargo de Clase 13- Cód. Esc. 15-2-01-04- Enfermero Profesional - 40 hs. semanales -, a partir del 01 de mayo de 2011, con funciones en OSEP Maipú, (designado en dicha clase dada la antigüedad que ostentaba), luego por Resolución HD-2019-713-GDEMZA-OSEP#MSDSYD emitida por el Honorable Directorio de la Obra Social de Empleados Públicos, de fecha 06 de junio del 2019, se modifica su situación de revista… Cód. Esc. 27-3-04-21- Clase 01- Lic. en Enfermería 24 horas semanales, incorporado al Adicional por Mayor Dedicación, cumpliendo funciones en OSEP Maipú…;

Que la Ley Nº 7759 establece en su Artículo 6: “Promoción: La promoción se efectuará accediendo a la clase inmediatamente superior cuando cumpla con la antigüedad en la carrera profesional que se indica a continuación, debiendo alcanzar también el mínimo de calificación conforme se determina en el Capítulo V, Sección Segunda:1) Dos años Clase 2; 2) Cinco años Clase 3; 3) Ocho años Clase 4; 4) Once años Clase 5; 5) Catorce años Clase 6; 6) Diecisiete años Clase 7; 7) Veinte años Clase 8. Se computará como año completo el período de seis meses y un día desde el ingreso de agente hasta el momento de realizase la promoción automática establecida en el presente artículo;

Que el Lic. Moreira se encuentra bien encasillado en la Clase 01 desde su ingreso, por lo que en base a lo analizado e informado por el Departamento de Recursos Humanos...

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