Decreto Nro. 5 - 2187-D-2017-30093

EmisorMINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA
Fecha de la disposición 5 de Enero de 2018

MENDOZA 05 DE ENERO DE 2018

VISTO el expediente nº 2187-D-2017-30093, en el cual el Colegio de Agrimensura de la Provincia de Mendoza interpone Recurso de Aclaratoria contra el Decreto N° 2057/2017; y

CONSIDERANDO:

Que el recurso fue interpuesto en legal tiempo y forma, por lo que debe ser admitido desde el punto de vista formal, conforme los plazos previstos por el Artículo 177 de la Ley 9003.

Que por el mencionado decreto se ratificó el valor de la tasa por intervención del mencionado colegio, en cumplimiento de lo establecido por el Artículo 35 de la Ley 5272.

Que se cometió un error material involuntario en la redacción del Decreto N° 2057/2017, en cuanto a que se hizo referencia a la “Asamblea Extraordinaria”, como el acto en el que se fijó el valor de la tasa por intervención de ese Colegio, cuando en rigor se estableció en la “Asamblea Anual Ordinaria Provincial”.

Que del dictamen emitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos agregado a fojas 124/125 surge que el reclamo es verosímil y el mismo debe ser receptado desde el punto de vista sustancial, correspondiendo hacer lugar al recurso planteado y subsanar el error.

Por lo expuesto, en razón de lo establecido por los Artículos 77 Inciso a y concordantes de la Ley Nº 9003 y conforme con lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1º

Acéptese formal y sustancialmente, por los motivos expuestos en los considerandos de este Decreto, el Recurso de Aclaratoria, obrante a fojas 115/119, interpuesto por...

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