Decreto Nro. 492 - EX-2021-07341778- GDEMZA-ASLUJAN#MSDSYD
Emisor | MINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES |
Fecha de la disposición | 11 de Abril de 2022 |
MENDOZA, 11 DE ABRIL DE 2022
Visto el expediente EX-2021-07341778- GDEMZA-ASLUJAN#MSDSYD, mediante el cual se tramita la renuncia presentada por Da. CARMEN ELENA TAPIA, en razón de haber obtenido el beneficio jubilatorio; y
CONSIDERANDO:
Que en orden 02 del expediente de referencia obra telegrama colacionado presentado por Da. Carmen Elena Tapia, con el objeto de renunciar al cargo que ocupaba, en el Área Sanitaria Luján de Cuyo, a partir del 31 de octubre de 2021, para acogerse a los beneficios de la jubilación;
Que en orden 23 obra certificación obtenida de la página web de ANSES, donde consta que el trámite de PBU-PC-PAP ha sido resuelto en forma favorable a Da. Carmen Elena Tapia, DNI Nº 10.775.974, CUIL Nº 27-10775974-9.
Que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 12 del Decreto-Acuerdo N° 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial cuentan con sesenta (60) días hábiles, a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo;
Por ello, en razón de lo solicitado, lo informado por la Subdirección de Personal y lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes;
EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Téngase por aceptada, a partir del 31 de octubre de 2021, la renuncia presentada por la agente que a continuación se menciona, al cargo del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes que se especifica, por haber obtenido el beneficio jubilatorio, Ley N° 24.241 y modificatorias:
JURISDICCIÓN 08 – CARÁCTER 1
ÁREA SANITARIA LUJÁN DE CUYO - UNIDAD ORGANIZATIVA 49
CLASE 009 - Cód. 15-1-02-02 – Auxiliar Administrativa.
Da. CARMEN ELENA TAPIA, clase 1953, DNI Nº 10.775.974, CUIL Nº 27-10775974-9.
Establézcase que Da. CARMEN ELENA TAPIA, DNI Nº 10.775.974, CUIL Nº 27-10775974-9, deberá en el término de sesenta días (60) hábiles, contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no, con el beneficio que otorga la citada Institución.
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