Decreto Nro. 441 - EX-2021-05899314--GDEMZA-ASSANCARLOS#MSDSYD

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición 6 de Abril de 2022

MENDOZA, 06 DE ABRIL DE 2022

Visto el expediente EX-2021-05899314--GDEMZA-ASSANCARLOS#MSDSYD, mediante el cual se tramita la renuncia presentada por la Bioq. RAQUEL DE LAS MERCEDES TIBERTI, en razón de haber obtenido el beneficio jubilatorio; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 02 del expediente de referencia se presenta la Bioq. Raquel de las Mercedes Tiberti, DNI Nº 13.499.505 con el objeto de renunciar al cargo que ocupaba en el Área Sanitaria San Carlos, del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y y se agrega constancia de cobro de haberes jubilatorios del mes de setiembre de 2021;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 12 del Decreto-Acuerdo N° 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial cuentan con sesenta (60) días hábiles, a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo;

Por ello, en razón de lo solicitado, lo informado por la Subdirección de Personal y lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por aceptada, a partir del 01 de setiembre de 2021, la renuncia presentada por la profesional que a continuación se menciona, al cargo del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes que se especifica, por haber obtenido el beneficio jubilatorio, Ley N° 24.241 y modificatorias:

JURISDICCIÓN 08 – CARÁCTER 1

ÁREA SANITARIA SAN CARLOS - UNIDAD ORGANIZATIVA 53

CLASE 006 - Cód. 27-3-04-02 – Bioquímica.

Bioq. RAQUEL DE LAS MERCEDES TIBERTI, clase 1957, DNI Nº 13.499.505, CUIL Nº 27-13499505-5.

Artículo 2º

Establézcase que la Bioq. RAQUEL DE LAS MERCEDES TIBERTI, DNI Nº 13.499.505, CUIL Nº 27-13499505-5, deberá en el término de sesenta días (60) hábiles, contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no, con el beneficio que otorga la citada Institución.

Artículo 3°

El Sr. Gobernador, la Sra. Ministra de Salud, Desarrollo...

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