Decreto Nro. 372 - RENUNCIA POR JUBILACIÓN DEL AGENTE JOSÉ RICARDO PINEDA

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición13 de Marzo de 2020

MENDOZA, 13 DE MARZO DE 2020

Visto el Expediente EX-2019-07061495-GDEMZA-SSP, mediante el cual se tramita la baja del agente José Ricardo Pineda, por acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria; y

CONSIDERANDO:

Que en Orden N° 04, el señor José Ricardo Pineda, C.U.I.L. N° 23-13429334-9, presenta su renuncia por acogerse al beneficio de la jubilación ordinaria.

Que en Orden N° 06, el Departamento de Recursos Humanos de la Secretaría de Servicios Públicos, informa que el agente no posee sumarios pendientes.

Que en Orden N° 07, consta informe del Jefe de Inventario de la Secretaría de Servicios Públicos, quien manifiesta que el agente no posee bienes inventariables.

Que en Orden N° 08, obra informe del Departamento de Recursos Humanos de la Secretaria de Servicios Públicos, del que surge la situación de revista de la agente como personal de Planta Permanente en Clase 008, RATS (05-6-03-03) y desempeña funciones en el Departamento de Semáforos de la Secretaria de Servicios Públicos.

Que de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 12 del Decreto Acuerdo N° 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial, cuentan con sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo.

Por ello, conforme con lo dispuesto en el Artículo 12° del Decreto – Acuerdo 109/96 y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales y Fiscalización de la Secretaría de Servicios Públicos;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Téngase por aceptada la renuncia, a partir del día 11 de diciembre de 2019, al señor José Ricardo Pineda, C.U.I.L. N° 23-13429334-9, del cargo Clase 008, Código Escalafonario (05-6-03-03), por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria por Ley N° 24241 y modificatorias de A.N.Se.S.

Artículo 2°

El agente José Ricardo Pineda deberá, en el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no con el...

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