Decreto Nro. 2518 - 2617-M-2012-77762

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2018

MENDOZA, 28 DE DICIEMBRE DE 2018.

Visto el expediente 2617-M-2012-77762, en el cual la Sra. NORMA LILIANA MILLET, en su carácter de cónyuge supérstite del Sr. RAUL OCAR GOMEZ MAZZOLA, solicita se le otorgue el beneficio otorgado por Ley Nº 8395, y

CONSIDERANDO:

Que dicho beneficio fue creado mediante Ley Nº 8395 y Decreto Reglamentario Nº 514/12.

Que la citada Ley establece un beneficio vitalicio de pago mensual para hombres y mujeres que en su condición de civiles, entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983, hayan sido condenados por Consejo de Guerra, puestos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y/o privados de libertad por causas políticas, gremiales o estudiantiles, como consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o de cualquier otro grupo, haya habido o no sentencia condenatoria en su contra. También se otorgará a quienes, por causas políticas, hayan sido privados de la libertad por orden de Tribunales Ordinarios.

Que a fs. 5 y vta. obra fotocopia autenticada de sentencia recaída en expediente Nº 119.679 caratulado: “GOMEZ MAZZOLA RAUL OSCAR, emanada de la Primera Circunscripción Judicial – Sexto Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas – Secretaría Nº 8, donde se ha acreditado la desaparición forzada del Sr. Raúl Oscar Gómez Mazzola, ocurrida el día 17 de mayo de 1978, en Godoy Cruz, Mendoza, obrando también la declaración de herederos.

Que a fs. 31 y vta. obra en fotocopia autenticada, Acta de Matrimonio que certifica el vínculo de la Sra. NORMA LILIANA MILLET.

Que en el expediente 2617-M-2012-77762, obran las demás certificaciones establecidas como requisitos para acceder al referido beneficio, dispuestas en el Artículo 4º del Decreto Nº 514/12.

Por ello, habiéndose diligenciado los pertinentes volantes de imputación preventiva, lo dictaminado por Fiscalía de Estado, Asesoría de Gobierno y por la Subdirección de Asesoría Letrada de la Subsecretaría de Desarrollo Social, la conformidad de la Dirección General de Administración de Desarrollo Social y de la citada Subsecretaría, estas últimas del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y conforme a lo establecido por Ley Nº 8395 y Decreto Reglamentario Nº 514/12,

EL PRESIDENTE PROVISIONAL DEL SENADO

EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

D E C R E T A:

Artículo 1º

Reconózcase, a partir del día 12 de junio de 2012 y hasta el día anterior a la fecha del presente decreto y otórguese...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR