Decreto Nro. 2510 - EX-2022-07993172- -GDEMZA-ASMALARGUE#MSDSYD

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2022

MENDOZA, 28 DE DICIEMBRE DE 2022

Visto el expediente EX-2022-07993172- -GDEMZA-ASMALARGUE#MSDSYD, mediante el cual se tramita la renuncia presentada por la Lic. AIDA PEREZ, en razón de haber obtenido el beneficio jubilatorio; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 02 se presenta la Lic. Aida Pérez, DNI N° 14.956.079, con el objeto de renunciar al cargo que ocupaba en el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, a partir del 01 de diciembre de 2022 y se agrega en orden 03 constancia de ANSES;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 12 del Decreto-Acuerdo N° 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial cuentan con sesenta (60) días hábiles, a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo;

Por ello, en razón de lo solicitado, lo informado por la Subdirección de Personal, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y la intervención de la Dirección General de Recursos Humanos;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por aceptada, a partir del 01 de diciembre de 2022, la renuncia presentada por la profesional que a continuación se menciona, al cargo del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes que se especifica, por haber obtenido el beneficio jubilatorio, Ley N° 24.241 y modificatorias:

JURISDICCIÓN 08 – CARÁCTER 1

ÁREA SANITARIA MALARGÜE - UNIDAD ORGANIZATIVA 51

CLASE 004 - Cód. 27-3-04-21 – Licenciada en Enfermería.

Lic. AIDA PEREZ, clase 1962, DNI Nº 14.956.079, CUIL Nº 27-14956079-9.

Artículo 2º

Establézcase que la Lic. AIDA PEREZ, DNI Nº 14.956.079, CUIL Nº 27-14956079-9, deberá en el término de sesenta días (60) hábiles, contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no, con el beneficio que otorga la citada Institución. .

Artículo 3°

El Sr. Gobernador, la Sra. Ministra de Salud, Desarrollo Social y Deportes y...

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