Decreto Nro. 2356 - EX-2019-4280443-GDEMZA-DIC-RENUNCIA MAGALI E. MANZANO

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición16 de Octubre de 2019

MENDOZA, 16 DE OCTUBRE DE 2019.

Visto el Expediente Nº EX–2019-04280443-GDEMZA-DIC, mediante el cual se tramita la renuncia presentada por la agente MANZANO, MAGALI ELIZABETH, a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 03 la agente MANZANO, MAGALI ELIZABETH, C.U.I.L. N° 27-13569104-1, presentó su renuncia a partir del 14 de agosto de 2019, al cargo que ocupaba en la Dirección de Informática y Comunicaciones del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria;

Que en orden 04 obra Vº Bº del Director de Informática y Comunicaciones;

Que en orden 08 obra situación de revista de la agente MANZANO, MAGALI ELIZABETH, informada por la Subdirección de Personal del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia;

Que en orden 12 obra dictamen legal de la Asesoría Letrada del Ministerio;

Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 12 del Decreto-Acuerdo Nº 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial, cuentan con sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo;

Por ello,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por aceptada la renuncia, a partir del 14 de agosto de 2019, de la agente MANZANO, MAGALI ELIZABETH, C.U.I.L. N° 27-13569104-1, al cargo Clase 008, Analista Mayor (efectivo), Código Escalafonario: 05-5-01-19 de la UNIDAD ORGANIZATIVA 23- Dirección de Informática y Comunicaciones, JURISDICCION 05 del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria por Ley Nº 24.241 y modificatorias A.N.Se.S.

Artículo 2º

La señora MANZANO, MAGALI ELIZABETH, en el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, deberá comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no con el beneficio que otorga la citada institución.

Artículo 3º

Notifíquese el presente decreto a la...

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