Decreto Nro. 2217 - EX-2021-06224387-GDEMZA-DRNR#SAYOT

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2021

MENDOZA, 27 DE DICIEMBRE DE 2021.

Visto el Expediente EX-2021-06224387-GDEMZA-DRNR#SAYOT, en el cual se tramita la aprobación de un CONVENIO, celebrado entre la Municipalidad de General Alvear, representada por su Intendente Municipal, Lic. Walther Marcolini, el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Gobernador de la Provincia, Dr. Rodolfo Suárez, la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, representada por su Secretario, Lic. Humberto Mingorance y la Dirección de Recursos Naturales Renovables, representada por su Director Sr. Sebastián Melchor; y

CONSIDERANDO:

Que el objeto del Convenio es reforzar las capacidades operativas de la zona Sur de la Provincia para la prevención y el combate de incendios forestales en el marco del Plan Provincial del Manejo del Fuego de la Provincia de Mendoza. Para la eficiente labor del mencionado Plan Provincial se precisa disponer de una pista de aterrizaje en el Departamento de General Alvear, en condiciones seguras de uso para el despegue y aterrizaje de los medios aéreos afectados a las tareas de prevención y combate del fuego.

Que el Departamento de General Alvear dispone del Aeródromo Municipal el cual requiere la realización de trabajos de mantenimiento y colocación de señales visuales para su utilización segura por parte de los medios aéreos de lucha contra incendios forestales en caso de emergencia.

Que en orden 04 obra Informe Técnico del departamento Flora Nativa de la Dirección de Recursos Naturales Renovables, encuadrando las tareas y aportes implicados en el mencionado convenio como “Fortalecimiento Institucional del Financiamiento de Bosques Nativos” con afectación al 30% de la Convocatoria 2019.

Que de acuerdo a lo dispuesto por Ley N° 9206 y el Artículo 29 del Decreto Acuerdo N° 150/2021 reglamentario de la Ley N° 9278 (Presupuesto 2021), corresponde, de acuerdo al Artículo 57 inc. a) de la Ley N° 9003, la ratificación de dicho Convenio por el Señor Gobernador de la Provincia, conforme lo establecido por el Artículo 77 inc. b) de la Ley N° 9003.

Por ello, teniendo en cuenta lo dispuesto por Ley Nacional Nº 26.331, Ley Provincial Nº 8195 de Bosques Nativos, Ley Nº 6099 de Incendios Forestales y Ley Nº 9206, Artículos 57 inc. a) y 77 inc. b) de la Ley N° 9003, Artículo 8 de la Ley N° 9278 y Artículos 2 y 27 del Decreto Acuerdo N° 150/2021 y lo dictaminado por la Asesoría Legal de la Dirección de Recursos...

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