Decreto Nro. 2203 - 312-D-2016-77743

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2016

MENDOZA, 30 DE DICIEMBRE DE 2016

Visto el expediente 312-D-2016-77743, en el cual se solicita la aprobación de la Addenda del Convenio, aprobado oportunamente mediante el Art. 1º del Decreto Nº 1373/16, suscripta oportunamente entre el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, representado en ese acto por su titular Dr. Rubén Alberto Giacchi, por una parte y la “ASOCIACIÓN AMOR, VIDA Y FAMILIA”, representada por su Presidente Sr. Enrique Angel Burgoa, por la otra, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones obra autorización expresa del Titular del Ejecutivo Provincial, en el marco de lo normado por el Art. 7º del Decreto-Acuerdo Nº 65/16.

Por ello, habiéndose diligenciado el pertinente volante de imputación preventiva, atento a lo dictaminado por Asesoría Letrada de la Dirección de Atención a las Personas con Discapacidad del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y de acuerdo a lo normado en el Art. 3º inc. i) de la Ley Nº 8830,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1º

Apruébese la Addenda del Convenio, aprobado oportunamente mediante el Art. 1º del Decreto Nº 1373/16, suscripta oportunamente entre el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, representado en ese acto por su titular Dr. Rubén Alberto Giacchi, por una parte y la “ASOCIACIÓN AMOR, VIDA Y FAMILIA”, representada por su Presidente Sr. Enrique Angel Burgoa, por la otra, la que en fotocopia autenticada, como Anexo, forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2º

El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente decreto, será atendido con cargo a la siguiente partida del Presupuesto año 2017:

U.G. CRÉDITO: S99097 41302 000

U.G. GASTO: S96411

Artículo 3º

Establézcase que los Servicios Administrativos correspondientes del Ministerio de Salud...

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