Decreto Nro. 218 - EXPTE 2021-00300855-GDEMZA-SSP

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición 9 de Marzo de 2021

MENDOZA, 09 DE MARZO DE 2021

Visto el Expediente Nº EX 2021-00300855-GDEMZA-SSP, mediante el cual se tramita la ratificación del convenio celebrado entre la Secretaría de Servicios Públicos y el Ministerio de Transporte de la Nación;

CONSIDERANDO:

Que en Orden N° 2 obra se encuentra agregada copia certificada del “CONVENIO DE COOPERACIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA Y COORDINACIÓN ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y LA PROVINCIA DE MENDOZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LA VIGENCIA DEL SISTEMA DE REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA EN LA PROVINCIA DE MENDOZA” suscripto por el señor Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte de la Nación, Doctor Pablo Martínez Carignano, en representación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y el señor Secretario de Servicios Públicos, Doctor Natalio Luis Mema, en representación de la Provincia de Mendoza, en fecha 1 de diciembre de 2020.

Que en igual orden, se encuentra agregada en las presentes la copia certificada del “ACTA COMPLEMENTARIA AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN SUSCRIPTO ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y LA PROVINCIA DE MENDOZA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA CONSTANCIA NACIONAL DE INSCRIPCIÓN -CNI-”, suscripta por el señor Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte de la Nación, Doctor Pablo Martínez Carignano, en representación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y el señor Secretario de Servicios Públicos, Doctor Natalio Luis Mema, en representación de la Provincia de Mendoza, en la misma fecha.

Que el convenio suscripto tiene por objeto acordar la cooperación coordinación y asistencia técnica institucional necesaria entre las partes, tendiente a la implementación de un Sistema de Revisión Técnica Obligatoria de Jurisdicción Local por el que se exija el cumplimiento de la Revisión Técnica Obligatoria, RTO, a todos los vehículos que integran las categorías L, M, N, y O en el ámbito jurisdiccional de la Provincia de Mendoza (cláusula primera), encontrándose detalladas las obligaciones asumidas por las partes en la cláusula tercera del convenio (3.1 Compromisos de la Provincia, 3.2 Compromisos de la ANSV).

Que en el acta complementaria se establece, en sus aspectos esenciales, que la misma tiene por objeto la implementación de la Constancia Nacional de Inscripción -CNI- creada por la...

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