Decreto Nro. 2173 - EX-2022-3613337-ASJUNIN

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición22 de Noviembre de 2022

MENDOZA, 22 DE NOVIEMBRE DE 2022

Visto el expediente EX-2022-03613337—GDEMZA-ASJUNIN#MSDSYD, en el cual se solicita la exclusión de la tutela sindical de la Dra. ANA INES MILA ABDALA; y

CONSIDERANDO:

Que atento a las constancias de autos, se observa que la Dra. Mila Abdala cumple con los requisitos legales para acceder a la jubilación de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 24.241 y Art. 32 de la Ley Nº 6921 y su modificatoria Ley Nº 8880;

Que la mencionada profesional se encuentra con tutela sindical hasta el año 2025, según surge del informe de la Subdirección de Personal de orden 11;

Que la tutela gremial no implica garantía de la ultractividad en la relación de empleo público, reunidos los requisitos de la Ley Nacional Nº 24.241, en su Art. 19 y Ley Provincial Nº 6921 en sus Arts. 30 y 32, se deberá proceder de conformidad con la Ley Nº 23.551;

Por ello, en razón de lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes en orden 14 del expediente de referencia,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Instrúyase al Asesor de Gobierno y/o a cualquiera de los abogados auxiliares de esa repartición, para que inicien, prosigan y concluyan las acciones judiciales de los Arts. 48 y 50 de la Ley Nº 23.551, a los efectos de excluir de la tutela sindical a la agente que a continuación se menciona, quien revista en el cargo que se indica, con funciones en la dependencia del Ministerio de...

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