Decreto Nro. 2166 - EX-2022-8000418-GDEMZA- DGPRES#MHYF

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2022

MENDOZA, 18 DE NOVIEMBRE DE 2022.-

Visto el Expediente: EX-2022-8000418-GDEMZA- DGPRES#MHYF, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes solicita refuerzo presupuestario en la clasificación económica 41308 (Servicios Personales p/Prestaciones Indispensables) a fin de proceder a la imputación de la planilla suplementaria de Octubre;

Que existen saldos disponibles en el Ministerio de Hacienda y Finanzas que pueden ser destinados a cubrir las necesidades planteadas;

Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado a realizar las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias dentro del total aprobado por la Ley de Presupuesto Vigente;

Por ello, y teniendo en cuenta lo establecido por el inciso d) y el penúltimo párrafo del artículo 9º de la Ley N° 9356 y los artículos 3º y 27 del Decreto Acuerdo Nº 191/2022;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1º

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones Vigente, Ejercicio 2022, del modo que se indica en la Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente decreto, cuyo monto asciende a la suma total de PESOS SESENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA CON 97/100 ($63.764.740,97).

Artículo 2°

Modifíquese las Erogaciones Figurativas de la Administración Central, Ejercicio 2022, del modo que se indica en la Planilla Anexa II, que forma parte integrante del presente decreto, cuyo monto asciende a la suma total de PESOS SESENTA MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 71/100 ($60.936.666,71).

Artículo 3°

Modifíquese los Recursos Figurativos, Ejercicio 2022, del modo que se indica en la Planilla Anexa III, que forma parte integrante del presente decreto, cuyo monto asciende a la suma total de PESOS SESENTA MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 71/100 ($60.936.666,71).

Artículo 4°

El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de...

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