Decreto Nro. 2125 - EXPEDIENTE N° EX-2022-06322830-GDEMZA-SSP

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición16 de Noviembre de 2022

MENDOZA, 16 DE NOVIEMBRE DE 2022

Visto el expediente N° EX-2022-06322830-GDEMZA-SSP, en el cual la Sociedad de Transporte de Mendoza S.A.U.P.E. solicita se le transfieran los fondos previstos en el Artículo 51 de la Ley N° 9356 en carácter de Aporte de Capital; y

CONSIDERANDO:

Que en Orden N° 02 obra nota presentada por el Presidente del organismo de referencia, Contador Daniel Vilches, solicitando a la Secretaría de Servicios Públicos la transferencia de Pesos Doscientos Millones ($200.000.000) de los fondos previstos en el Artículo 51 de la Ley N° 9356, en carácter de aporte de capital, para destinarlos a la contratación del servicio de logística, provisión de bicicletas, estaciones e implementación y provisión del software de gestión y administración del sistema de transporte público de bicicletas compartidas “Bicitran” en la provincia de Mendoza.

Que adjunta a su nota de pedido copia del Acta de Directorio N° 170 de fecha 1 de setiembre de 2022, en la cual se da tratamiento al tema, se establecen los montos necesarios para realizar la operación y se instruye a la Gerencia de Administración y Finanzas de la empresa a realizar los actos útiles, administrativos y legales, necesarios para la tramitación de las remesas correspondientes y la recepción de los fondos, los cuales serán considerados aportes irrevocables de capital por parte del Accionista y corresponde sean capitalizados oportunamente, todo lo cual es aprobado por unanimidad.

Que el Artículo 51 de la Ley N° 9356, presupuesto 2022, establece “Autorización del Poder Ejecutivo a invertir en la Sociedad de Transporte de Mendoza S.A.U.P.E.- Autorizase al Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Servicios Públicos, a invertir en la Sociedad de Transporte de Mendoza S.A.U.P.E. desde la suma de PESOS CIEN MILLONES ($100.000.000) para los destinos que la Sociedad de Transporte de Mendoza S.A.U.P.E. lo estime conveniente, debiendo acompañar la documentación que se detalle en la reglamentación. Dicha remesa se hará efectiva en la medida que presupuestaria y financieramente sea factible”.

Que la disposición anterior fue complementada por el Artículo 21 del Decreto N° 191/2022, reglamentario de la Ley de Presupuesto N° 9356, que dispone “Artículo 51- Autorización a efectuar remesas a la Sociedad de Transporte de Mendoza (S.A.U.P.E.)- El aporte que prevé el artículo 51 de la Ley N° 9356, se instrumentará...

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