Decreto Nro. 2106 - 3030-Z-2012-77762

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2022

MENDOZA, 11 DE NOVIEMBRE DE 2022

Visto el expediente 3030-Z-2012-77762, en el cual la Sra. MARTA TERESA ZUGASTI, solicita se le otorgue el beneficio establecido por Ley Nº 8395, en su carácter de viuda del Sr. SALVADOR JORGE GRAU, y

CONSIDERANDO:

Que dicho beneficio fue creado mediante Ley Nº 8395 y Decreto Reglamentario Nº 514/12.

Que la citada Ley establece un beneficio vitalicio de pago mensual para hombres y mujeres que en su condición de civiles, entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983, hayan sido condenados por Consejo de Guerra, puestos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y/o privados de libertad por causas políticas, gremiales o estudiantiles, como consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o de cualquier otro grupo, haya habido o no sentencia condenatoria en su contra. También se otorgará a quienes, por causas políticas, hayan sido privados de la libertad por orden de Tribunales Ordinarios.

Que a fs. 103/104 Asesoría de Gobierno analiza la viabilidad del reclamo de la Sra. Marta Teresa Zugasti, destacando las siguientes consideraciones:

- Se presenta la Sra. Marta Teresa Zugasti, quien solicita el beneficio de la Ley Nº 8395 como viuda del Sr. Salvador Jorge Grau, acompañando copia legalizada del Certificado de Defunción a fs. 26, como asimismo copia legalizada de la Partida de Matrimonio a fs. 24/25, a fin de acreditar tal extremo.

- Cabe señalar que el Art. 4 de la Ley Nº 8395 establece que “en caso de fallecimiento del beneficiario, antes o después del reconocimiento del beneficio”, podrán solicitarlo “la viuda o el viudo”, debiendo a tal fin acompañar “acta o certificado de matrimonio legalizado actualizado” y el “certificado de defunción legalizado del beneficiario”.

- Se incorpora a fs. 21 declaración testimonial del Sr. Roberto González, que depone sobre la detención a fines de marzo de 1976 del reclamante y relata que el mismo estuvo privado de libertad en la Comisaría 8º de San Rafael.

- Se incorpora a fs. 22 declaración testimonial del Sr. Jorge Tejada, que depone sobre la detención a fines de marzo, principios de abril de 1976 del reclamante y relata que el mismo estuvo privado de libertad en la Comisaría 8º de San Rafael.

- A los efectos de cumplir con los recaudos normativos, rola a fs. 23 constancia autenticada de la Secretaría Electoral del Juzgado Federal Nº 1 de Mendoza, en el que consta que el domicilio del Sr. Salvador Jorge Grau, en el...

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