Decreto Nro. 2065 - expediente 2026-G-2012-77762

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2019

MENDOZA, 10 DE SETIEMBRE DE 2019.

Visto el expediente 2026-G-2012-77762, en el cual la Sra. ESTELA DE LAS MERCEDES VERGELIN, en su carácter de viuda del Sr. NESTOR JORGE GARCIA, solicita se le otorgue el beneficio otorgado por Ley Nº 8395, y

CONSIDERANDO:

Que dicho beneficio fue creado mediante Ley Nº 8395 y Decreto Reglamentario Nº 514/12.

Que la citada Ley establece un beneficio vitalicio de pago mensual para hombres y mujeres que en su condición de civiles, entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983, hayan sido condenados por Consejo de Guerra, puestos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y/o privados de libertad por causas políticas, gremiales o estudiantiles, como consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o de cualquier otro grupo, haya habido o no sentencia condenatoria en su contra. También se otorgará a quienes, por causas políticas, hayan sido privados de la libertad por orden de Tribunales Ordinarios.

Que mediante Decreto Nº 875/13 tramitado por expediente 2026-G-2012-77762, se otorgó el beneficio vitalicio creado por la Ley Nº 8395 y Decreto Reglamentario Nº 514/12, al Sr. NESTOR JORGE GARCIA.

Que el Sr. NESTOR JORGE GARCIA falleció el día 11 de febrero de 2019, según consta en Acta de Defunción, que en fotocopia autenticada y legalizada, rola a fs. 70 y vta. del precitado expediente.

Que a fs. 71 y vta., rola en fotocopia autenticada, Acta de Matrimonio que certifica el vínculo de la Sra. ESTELA DE LAS MERCEDES VERGELIN.

Que la Ley Nº 8395 establece en su Art. 4º que en caso de fallecimiento del beneficiario, antes o después del reconocimiento del beneficio, podrán solicitarlo entre otros, la viuda o viudo, condición acreditada por parte de la Sra. ESTELA DE LAS MERCEDES VERGELIN.

Que en las citadas actuaciones, obran las demás certificaciones establecidas como requisitos para acceder al referido beneficio, dispuestas en el Artículo 4º del Decreto Nº 514/12.

Que a fs. 87 la Subdirección de Contabilidad de la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, adjunta planilla de liquidación mensual del beneficio otorgado a favor del Sr. Néstor Jorge García, donde se constata que el último beneficio fue liquidado en el mes de febrero de 2019, por lo que la Sra. Estela de las Mercedes Vergelín, percibirá el beneficio retroactivamente, a partir de 01 de marzo de 2019.

Por ello, habiéndose...

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