Decreto Nro. 2031 - EX-2022-3086749-SEGE

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición 7 de Noviembre de 2022

MENDOZA, 07 DE NOVIEMBRE DE 2022

Visto el expediente EX-2022-03086749- -GDEMZA-SEGE#MSDSYD, mediante el cual se tramita la renuncia presentada por la Dra. MÓNICA SUSANA RAFTACCO, en razón de haber obtenido el beneficio jubilatorio; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 03 obra consulta de la página web de ANSES, donde consta que la profesional mencionada ha iniciado los trámites jubilatorios;

Que en orden 08 se presenta la Dra. Mónica Susana Raftacco, CUIL N° 27-14713000-2, con el objeto de renunciar al cargo que ocupaba en el Área Sanitaria Guaymallén, a partir del 09 de agosto de 2022, para acogerse a los beneficios de la jubilación;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 12 del Decreto-Acuerdo N° 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial cuentan con sesenta (60) días hábiles, a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo;

Por ello, en razón de lo solicitado, lo informado por la Subdirección de Personal, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y la intervención de la Dirección General de Recursos Humanos;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por aceptada, a partir del 09 de agosto de 2022, la renuncia presentada por la profesional que a continuación se menciona, al cargo del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes que se especifica, por haber obtenido el beneficio jubilatorio, Ley N° 24.241 y modificatorias:

JURISDICCIÓN 08 – CARÁCTER 1

ÁREA SANITARIA GUAYMALLÉN - UNIDAD ORGANIZATIVA 44

CLASE 008 - Cód. 27-3-04-01 – Médica.

Dra. MÓNICA SUSANA RAFTACCO, clase 1962, DNI Nº 14.713.000, CUIL Nº 27-14713000-2.

Artículo 2º

Establézcase que la Dra. MÓNICA SUSANA RAFTACCO, DNI Nº 14.713.000, CUIL Nº 27-14713000-2, deberá en el término de sesenta días (60) hábiles, contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no, con el beneficio que otorga la citada Institución. .

Artículo 3°

El Sr. Gobernador, la...

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