Decreto Nro. 1651 - CONTRATO DE COMODATO VIVIENDA CENTRO DE SALUD N°224

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición23 de Julio de 2019

MENDOZA, 23 DE JULIO DE 2019

Visto el expediente 5100-D-17-77770, en el cual se tramita la aprobación del CONTRATO DE COMODATO, celebrado oportunamente entre la Sra. MINISTRA DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, Cdora. Elisabeth Crescitelli y la UNIÓN VECINAL “Bº COSTA FLORES”, representada por su Presidente Sr. Carlos Alberto Ceppi, con el objeto de dar en comodato a favor del Ministerio, un inmueble perteneciente a la citada Unión Vecinal; y

CONSIDERANDO:

Que la Unión Vecinal entrega al Ministerio, en calidad de préstamo de uso precario y gratuito conforme con la disposición contenida en el Art. 1533 del Código Civil Comercial de la Nación, la casa 13 del Barrio Costa Flores, Distrito Perdriel, Departamento Luján de Cuyo, Mendoza, para el funcionamiento del Centro de Salud Nº 224 “Costa Flores”, con atención de lunes a sábados, por el plazo de veinte (20) años;

Que el presente decreto aprueba el comodato suscripto conforme el Art. 3º inc. i) de la Ley Nº 8830;

Por ello, en razón del pedido formulado y lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el CONTRATO DE COMODATO, celebrado oportunamente entre la Sra. MINISTRA DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, Cdora. Elisabeth Crescitelli y la UNIÓN VECINAL “Bº COSTA FLORES”, representada por su Presidente Sr. Carlos Alberto Ceppi, con el objeto de dar en comodato a favor del Ministerio, un inmueble perteneciente a la citada Unión...

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