Decreto Nro. 1595 - RENUNCIA POR BENEFICIO JUBILACIÓN ORDINARIA - SR. ARMANDO ALBERTO CABALLERO

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición24 de Septiembre de 2018

MENDOZA, 24 DE SETIEMBRE DE 2018

Visto el expediente Nº EX-2018-01311084--GDEMZA-DAABO#MHYF, en el cual se tramita la renuncia presentada por el señor ARMANDO ALBERTO CABALLERO, a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria; y

CONSIDERANDO:

Que en el Orden Nº 2 del expediente de referencia, se presenta el señor ARMANDO ALBERTO CABALLERO, C.U.I.L. N° 20-10456588-4, con el objeto de renunciar al cargo que ocupaba en la Dirección de Administración de Activos ex – Bancos Oficiales (D.A.A.B.O.), con el fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria.

Que en el Orden Nº 4 del expediente Nº EX-2018-01311084--GDEMZA-DAABO#MHYF, obra Situación de Revista del señor ARMANDO ALBERTO CABALLERO, efectuada por la División de Recursos Humanos de la Dirección de Administración de Activos ex – Bancos Oficiales (D.A.A.B.O.) y en Orden Nº 11, página 2 del mismo expediente, obra impresión de la página web de la Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.), donde consta la fecha de cobro del primer haber jubilatorio, siendo la misma el 21 de mayo de 2018.

Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 12 del Decreto-Acuerdo Nº 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial, cuentan con sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual, la continuidad o no de su afiliación al citado Organismo.

Por ello,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A :

ARTÍCULO 1º

Téngase por aceptada desde el 21 de mayo de 2018, la renuncia presentada por el señor ARMANDO ALBERTO CABALLERO, C.U.I.L. N° 20-10456588-4, al cargo Clase 009 – Jefe de Sección, Código Escalafonario: 05-1-03-07 de la U.O.: 10 – Dirección de Administración de Activos ex – Bancos Oficiales (D.A.A.B.O.), por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria por Ley Nº 24.241 y modificatorias.

ARTÍCULO 2°

El señor ARMANDO ALBERTO CABALLERO deberá, en el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, comunicar a la Caja de...

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