Decreto Nro. 159 - EX–2021-08180038-GDEMZA-DIC-
Emisor | MINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA |
Fecha de la disposición | 15 de Febrero de 2022 |
MENDOZA, 15 DE FEBRERO DE 2022
Visto el Expediente Nº EX–2021-08180038-GDEMZA-DIC, mediante el cual se tramita la renuncia presentada por el agente PALERO, HERNÁN ALEJANDRO a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria; y
CONSIDERANDO:
Que en orden 02 el agente PALERO, HERNÁN ALEJANDRO, C.U.I.L. N° 20-12138573-3, presentó su renuncia a partir del 13 de diciembre de 2021, al cargo que ocupaba en la Dirección de Informática y Comunicaciones dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria;
Que en orden 06 se agrega fecha de cobro emitida por A.N.S.E.S.;
Que en orden 07 se adjunta constancia de la suspensión de haberes en el Sistema de Sueldo Signos a partir del 13 de diciembre de 2021;
Que en orden 08 obra situación de revista emitida por la Subdirección de Personal del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia;
Que en orden 11 obra dictamen legal de Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia;
Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 12º del Decreto-Acuerdo Nº 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial, cuentan con sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo;
Por ello,
EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Téngase por aceptada la renuncia, a partir del 13 de diciembre de 2021, al agente PALERO, HERNÁN ALEJANDRO, C.U.I.L. N° 20-12138573-3, al cargo Clase 013, Subdirector (Efectivo), Código Escalafonario: 05-5-03-01, de la JURISDICCION 05- Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, UNIDAD ORGANIZATIVA 23- Dirección de Informática y Comunicaciones, por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria por Ley Nº 24.241 y modificatorias A.N.Se.S.
El agente PALERO, HERNÁN ALEJANDRO, en el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, deberá comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no con el beneficio que otorga la citada institución.
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