Decreto Nro. 1589 - EX-2022-05035207--GDEMZA-SSDEP#MSDSYD

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición 9 de Septiembre de 2022

MENDOZA, 09 DE SETIEMBRE DE 2022

Visto el expediente EX-2022-05035207- -GDEMZA-SSDEP#MSDSYD, mediante el cual se tramita la renuncia presentada por el agente ABDON, OSVALDO DANTE, a su cargo en la Subsecretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, en razón de haber obtenido el beneficio jubilatorio; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 2 (IF-2022-05033447-GDEMZA-SSDEP#MSDSYD) del expediente de referencia, obra la renuncia presentada por el agente ABDON, OSVALDO DANTE, CUIL Nº 20-12591617-2, al cargo que ocupaba en la Subsecretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes con el fin de acogerse a los beneficios de la jubilación;

Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 12 del Decreto Acuerdo Nº 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial, cuentan con sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo;

Por ello, en razón de lo informado por la Subdirección de Recursos Humanos y lo dictaminado por Asesoría Letrada, ambas dependencias de la Subsecretaría de Deportes;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por aceptada a partir del 1 de agosto de 2022 la renuncia presentada por el agente que a continuación se menciona, al cargo que se consigna, de la dependencia del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes que se especifica, por haber obtenido el beneficio jubilatorio según Ley Nº 24.241 y modificatorias:

JURISDICCION 08 – CARÁCTER 1

SUBSECRETARIA DE DEPORTES – UNIDAD ORGANIZATIVA 90

CLASE 008 – Cód. 27-3-04-01 – Profesional Médico:

Dn. ABDON, OSVALDO DANTE, clase 1956, D.N.I. Nº 12.591.617 - C.U.I.L. Nº 20-12591617-2.

Artículo 2º

Comuníquese al agente ABDON, OSVALDO DANTE, CUIL Nº 20-12591617-2, que deberá en el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, notificar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no con el beneficio que otorga la citada Institución.

Artículo 3º

El Sr. Gobernador, la Sra...

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