Decreto Nro. 1503 - ACÉPTESE FORMALMENTE Y PARCIALMENTE EN LO SUSTANCIAL RECURSOS JERÁRQUICO

EmisorMINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA
Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2018

MENDOZA, 11 DE SEPTIEMBRE DE 2018.

Visto el expediente Nº 553-D-16-03792 y sus acumulados Nros. 284-E-2016-03873 y 850-J-2016-03873 relacionados con la construcción de una obra privada en el Área Natural Protegida, Manzano Portillo Piuquenes; y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° de la Resolución N° 163/2016 emitida por la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, se le aplicó a la Empresa Uco Los Tres Valles S.R.L. una sanción de tipo MULTA, por la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), por incumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 5961 y su Decreto Reglamentario Nº 2109/1994 y modificatorio Nº 809/2013 y las constataciones efectuadas mediante las Actas de Inspección Nº SERIE C Nº 0001251, 0001252 y 0001255.

Que por el Artículo 2° de la Resolución citada, se ordenó la paralización de las obras en ejecución (lo que ya había sido requerido por las Actas de Inspección mencionadas) y el inicio de toda obra y/o actividad por parte de la empresa “UCO LOS TRES VALLES S.R.L.” en el sitio de emplazamiento del proyecto “Construcción de Hostería y Club House”, en la Ruta Provincial Nº 94 S/N, Valle de Uco, Tunuyán, Área Natural Protegida, Manzano Portillo Piuquenes, hasta tanto la Empresa obtuviese la Declaración de Impacto Ambiental emitida por la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial.

Que el Sr. Anselmo E. Pelletán, abogado, presenta Recurso de Revocatoria contra la Resolución N° 163/2016-SAyOT en nombre y representación de Uco Los Tres Valles S.R.L.

Que por Resolución N° 008/2017-SAyOT se aceptó formalmente y se rechazó desde el punto de vista sustancial, por los argumentos expuestos en los considerandos de la misma, el Recurso de Revocatoria contra la Resolución N° 163/2016 dictada por la Secretaría Ambiente y Ordenamiento Territorial de fecha 26 de abril de 2016.

Que a fs. 62/63 del expediente principal, el Dr. Anselmo E. Pelletán, presenta Recurso Jerárquico contra la Resolución N° 08/2017-SAyOT en nombre y representación de Uco Los Tres Valles S.R.L.

Que corresponde aceptar el Recurso Jerárquico mencionado desde el punto de vista formal, por haber sido interpuesto dentro del plazo establecido y haber cumplido los requisitos de forma dispuestos por los Artículos 183º y ss. de la Ley Nº 9003 de Procedimiento Administrativo.

Que la Empresa indica que en esta instancia no eleva queja contra la sanción en sí misma y limita el reclamo al quantum sancionatorio, al cual entienden...

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