Decreto Nro. 1482

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2022

MENDOZA, 29 DE AGOSTO DE 2022

Visto el Expediente N° EX-2022-04446108-GDEMZA-SSP, mediante el cual se tramita la ratificación del Convenio Específico celebrado entre la provincia de Mendoza, representada por el Señor Secretario de Servicios Públicos, con la Universidad Nacional de Cuyo, y

CONSIDERANDO:

Que el convenio referido fue celebrado en fecha 23 de junio de 2022 entre la provincia de Mendoza, representada por el Señor Secretario de Servicios Públicos, Doctor Natalio Luis Mema Rodríguez, y la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el Rector, Ingeniero Agrónomo Daniel Ricardo Pizzi.

Que el acuerdo de referencia tiene por objeto comunicar y asistir, a través de estudiantes, en la difusión del Sistema de Transporte MENDOTRAN y el Sistema de pago SUBE en el Área Metropolitana del Gran Mendoza y en el departamento de San Rafael.

Que el convenio celebrado establece, entre sus aspectos esenciales, que la Secretaría de Servicios Públicos se compromete a aportar la suma de Pesos Cinco Millones Ciento Ochenta y Cinco Mil Trescientos Cuarenta y Cinco ($5.185.345); a proveer la totalidad de la información disponible y a prestar el apoyo institucional necesario para el desarrollo de las tareas acordadas.

Que la Universidad Nacional de Cuyo se compromete a seleccionar, junto con la Secretaría de Servicios Públicos, a los estudiantes necesarios para el adecuado cumplimiento del objeto del convenio, manteniendo a la Provincia indemne frente a cualquier reclamo motivado o en ocasión de la referida selección o asignación.

Que la Universidad mencionada se compromete, asimismo, a realizar el monitoreo del cumplimiento de los objetivos propuestos y a efectuar los pagos correspondientes a los becarios que intervengan en el Programa, conforme las liquidaciones que se practiquen en cada caso.

Que el convenio firmado se encuentra afectado por un vicio leve conforme al Artículo 77 Inciso b) de la Ley N° 9003, y resulta, por tanto, susceptible de saneamiento mediante ratificación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 78 de la mencionada ley.

Que a Orden N° 12 se encuentra agregada la excepción prevista por el Artículo 8 del Decreto Acuerdo N° 35/2022.

Que a Orden N° 19 obra incorporado el volante de imputación preventiva que acredita la...

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