Decreto Nro. 1459 - CONVENIO SITUACIÓN DE GUARDA DE VEHÍCULOS EN EL PREDIO DE LA PLAYA SAN AGUSTÍN

EmisorMINISTERIO SEGURIDAD
Fecha de la disposición26 de Octubre de 2016

MENDOZA, 26 DE OCTUBRE DE 2016

Visto el expediente N° 22792-D-2016-00106; y

CONSIDERANDO:

Que la situación de guarda de vehículos en el predio de la Playa San Agustín, se encuentra en un estado de colapso y genera un gran problema ambiental y social para los habitantes de las zonas aledañas a las instalaciones de dicho predio, afectando derechos amparados por el artículo 41 de la Constitución de la Nación;

Que se presenta la inminente necesidad del accionar estatal, a fin de evitar y morigerar el peligro que puede ocasionar al medio ambiente, a la vida del hombre y de los demás seres vivos, a fin de salvarguardar derechos constitucionales;

Que se encuentra vigente la Ley Nº 26348 y el Decreto Reglamentario Nro 993/08, que establecen el marco regulatorio del proceso de descontaminación y compactación y disposición de calidad de chatarra, en tal sentido Ministerio de Seguridad de la Nación aplica el Programa Nacional de Compactación, regulado en tal normativa;

Que a los fines de implementar dicho Programa fue suscripto un convenio entre el Ministerio de Seguridad de esta Provincia y el Ministerio de Seguridad de la Nación, acorde a las competencias conferidas por el inciso i) del artículo 3º que reza “Celebrar convenios y contratos en el ámbito de sus competencias específicas, sujetos a la aprobación del Poder Ejecutivo de la Ley 8830” y agrega “El contrato se considerará válidamente y producirá sus efectos a partir de la aprobación por decreto”;

Que los vehículos afectados a dicho procedimiento son móviles propiedad del Estado Provincial y su estado de deterioro es de tal magnitud que es imposible su nueva puesta en servicio;

Que en tal sentido, corresponde ordenar, en un primer momento, la baja de dichos bienes del patrimonio del Estado, acorde a lo normado por el articulo 127 de la Ley 8706 que reza “…b. BAJAS: la baja definitiva del patrimonio de la Administración Provincial se tramitará a través de decreto y conforme a la documentación que respalde su salida del patrimonio. 1. Por razones normales de uso: debe constar el informe técnico respectivo a los efectos de verificar y certificar el cumplimiento de la vida útil estimada del bien. En todos los casos las actuaciones deben ser remitidas al Tribunal de Cuentas.”;

Que todo lo expresado guarda relación a la documentación obrante en los presentes, que respaldan tal situación, es decir los móviles objeto del presente proceso han cumplido con su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR