Decreto Nro. 1343 - EX.-2022-3770881-SEGE

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2022

MENDOZA, 05 DE AGOSTO DE 2022

Visto el expediente EX-2022-03770881- -GDEMZA-SEGE#MSDSYD, mediante el cual se tramita la renuncia presentada por Da. CLOTILDE MARÍA GOMEZ, en razón de haber obtenido el beneficio jubilatorio; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 02 del expediente de referencia se presenta Da. Clotilde María Gomez, DNI N° 11.783.462, con el objeto de renunciar al cargo que ocupaba en el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, a partir del 01 de junio de 2022, para acogerse a los beneficios de la jubilación;

Que en orden 22 se agrega copia de la Constancia de Liquidación Previsional del mensual junio de 2022;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 12 del Decreto-Acuerdo N° 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial cuentan con sesenta (60) días hábiles, a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo;

Por ello, en razón de lo solicitado, lo informado por la Subdirección de Personal, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada y la intervención de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes;

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por aceptada, a partir del 01 de junio de 2022, la renuncia presentada por la agente que a continuación se menciona, al cargo del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes que se especifica, por haber obtenido el beneficio jubilatorio, Ley N° 24.241 y modificatorias:

JURISDICCIÓN 08 – CARÁCTER 1

SUBSECRETARÍA DE SALUD - UNIDAD ORGANIZATIVA 75

CLASE 016 – Cód. 15-1-03-09 – Jefe de Departamento 1° Nivel.

Da. CLOTILDE MARÍA GOMEZ, clase 1955, DNI N° 11.783.462, CUIL Nº 27-11783462-5.

Artículo 2º

Establézcase que Da. CLOTILDE MARÍA GOMEZ, DNI N° 11.783.462, CUIL Nº 27-11783462-5, deberá en el término de sesenta días (60) hábiles, contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no, con el beneficio que otorga la citada Institución.

Artículo 3°

El Sr. Gobernador...

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