Decreto Nro. 1229 - EX-2023-02862429-GDEMZA-DEM#SAYOT

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición16 de Junio de 2023

MENDOZA, 16 DE JUNIO DE 2023.

Visto el Expediente EX-2023-02862429-GDEMZA-DEM#SAYOT, en el cual se tramita la ratificación de un CONVENIO MARCO ENTRE LA SECRETARÍA DE AMBIENTE Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL, DIRECCIÓN ECOPARQUE MENDOZA Y LA UNIVERSIDAD JUAN AGUSTÍN MAZA y un CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA SECRETARÍA DE AMBIENTE Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL, DIRECCIÓN ECOPARQUE MENDOZA Y LA FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS Y AMBIENTALES DE LA UNIVERSIDAD JUAN AGUSTÍN MAZA, celebrados entre la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, representada por su Secretario, Lic. Humberto Mingorance, D.N.I. N° 17.317.022, la Dirección Ecoparque Mendoza, representada por su Director Esp. Juan Ignacio Haudet, D.N.I. N° 34.189.567 y la Facultad Juan Agustín Maza representada por su Rector Dr. Daniel Roberto Miranda, D.N.I. N° 11.964.468 y la Facultad de Ciencias Veterinarias y Ambientales representada por su Decana Esp. Vet. Paula Gerlo, D.N.I. N° 29.974.194, respectivamente; y,

CONSIDERANDO:

Que el CONVENIO MARCO ENTRE LA SECRETARÍA DE AMBIENTE Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL, DIRECCIÓN ECOPARQUE MENDOZA Y LA UNIVERSIDAD JUAN AGUSTÍN MAZA tiene por objeto que las partes puedan implementar, según se estime conveniente, acciones tendientes a desarrollar en forma conjunta proyectos de carácter académico, científico, tecnológico, social y cultural para beneficio de ambas instituciones.

Que el CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA SECRETARÍA DE AMBIENTE Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL, DIRECCIÓN ECOPARQUE MENDOZA Y LA FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS Y AMBIENTALES DE LA UNIVERSIDAD JUAN AGUSTÍN MAZA tiene por objeto que las partes puedan implementar en forma conjunta, acciones vinculadas a los objetivos finales de carácter académico, científico y cultural para beneficio de ambas instituciones, siendo el campo de cooperación específico, el desarrollo de prácticas profesionales no rentadas para los/las estudiantes de la carrera Ciencias Veterinarias.

Por ello, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley N° 9206, los Artículos 57 inc. a) y 77 inc. b) de la Ley N° 9003 y lo dictaminado por la Asesoría Legal de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento...

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