Decreto Nro. 1141 - EXPEDIENTE N° EX-2018-03247645-GDEMZA-MGTYJ Y SUS EXPEDIENTES VINCULADOS NROS. EX-2018-1553636-GDEMZA-MESAENTGENERAL#MSEG Y EX-2019-1535496-GDEMZA-MGTYJ;

EmisorMINISTERIO SEGURIDAD
Fecha de la disposición14 de Septiembre de 2020

MENDOZA, 14 DE SETIEMBRE DE 2020

Visto el Expediente N° EX-2018-03247645-GDEMZA-MGTYJ y sus expedientes vinculados Nros. EX-2018-1553636-GDEMZA-MESAENTGENERAL#MSEG y EX-2019-1535496-GDEMZA-MGTYJ; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 01 del expediente principal el Señor Pablo Emanuel Tasende, interpone Recurso Jerárquico por denegatoria tácita respecto del reclamo tramitado en el EX-2018-01553636-GDEMZA-MESAENTGENERAL#MSEG, mediante el cual solicita se liquiden las licencias anuales adeudadas y la indemnización prevista en el art. 308 inc. 2) de la Ley Nº 6722, en virtud de su Baja Obligatoria dispuesta mediante Resolución Nº 154-S de fecha 1 de febrero de 2018, emanada del Ministerio de Seguridad;

Que analizado el aspecto formal del remedio en trato el mismo resulta procedente, de acuerdo con lo previsto por el art. 179 de la Ley N° 9003;

Que en el aspecto sustancial surge que el recurrente solicita el pago de las licencias anuales no gozadas, por los periodos 2014, 2015, 2016, 2017 y conforme lo informado por la Dirección de Capital Humano y Capacitación, del Ministerio de Seguridad en ordenes25 y 26 del expediente vinculado EX-2018-1553636-GDEMZA-MESAENTGENERAL#MSEG, el reclamo resulta procedente respecto de las licencias correspondientes a los años 2016 y 2017;

Que respecto a la indemnización reclamada, la misma resulta admisible, de acuerdo con lo dictaminado por la División Sanidad Policial del Ministerio de Seguridad, en orden 20 del expediente electrónico que tramita en forma conjunta, en el cual se establece que el funcionario policial posee una incapacidad total y permanente para el ejercicio de la función policial;

Que atento a ello, corresponde admitir en lo formal y parcialmente en lo sustancial el remedio intentado por el recurrente.

Por ello, lo dictaminado por Asesoría de Gobierno en orden 17 del expediente principal,

EL

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