Decreto Nro. 1111 - EX-2020-04919771-GDEMZA-IPV

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2021

MENDOZA, 09 DE AGOSTO DE 2021

VISTO EX-2020-04919771-GDEMZA-IPV, en el cual obra el Recurso de Alzada interpuesto por el Doctor RICARDO ROBERTO ESPINASSE en nombre y representación de la Licenciada MARÍA LAURA ATENCIO, DNI Nº 29.563.284, agente del Instituto Provincial de la Vivienda en contra de la Resolución Nº 451 emitida por el Honorable Directorio del citado Instituto en fecha 07 de julio del 2020 (Resolución Nº 451-IPV-2020); y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución 451-IPV-2020 se aceptó en lo formal y se rechazó sustancialmente el Recurso de Revocatoria interpuesto oportunamente por la Licenciada Atencio contra la Resolución Nº 1184 dictada por el mencionado Instituto en fecha 10 de setiembre de 2019.

Que del análisis efectuado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública, en su dictamen obrante en el orden 5, surge que el Recurso de que se trata ha sido interpuesto en tiempo y forma, dentro de los 15 días previstos en el Artículo 183 de la Ley 9003, por lo que debe ser admitido desde el punto de vista formal.

Que en el referido dictamen y antes de proceder al análisis del aspecto sustancial del Recurso se hace una breve síntesis de los antecedentes agregados en el orden 2 de las presentes actuaciones.

Que analizada la pretensión de la recurrente, el servicio legal del Ministerio citado, entiende que la misma implica una modificación de su situación de revista. Como bien ha sido observado por los dictámenes obrantes en fojas 96/97 del expediente papel Nº 6062-A-2011-03794 y acumulados, digitalizado en el orden 2 de estas actuaciones, el Decreto-Acuerdo N° 2544/2017, dispone una prohibición general respecto de las contrataciones de servicios mediante contrato de locación de servicios o de obras y todo aquellos que implique un incremento en la partida de personal, relacionado con designaciones, ajuste de situación de revista y suplemento por subrogancia. Esta norma es la que ha dado fundamento a la Resolución N° 451-IPV-2020, esta última objeto del presente Recurso de Alzada.

Que no obstante lo anterior, la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio actuante señala que, si bien comparte en el fondo los dictámenes emitidos por la Asesoría Legal del Instituto Provincial de la Vivienda, obrantes a fojas 6 y 23/24 del expediente Nº 6062-A-2011-03794 respecto de la correspondencia del pago del Adicional por Título Universitario y el reencasillamiento en el agrupamiento profesional que se condice con la...

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