Decreto Nro. 1105 - EX-2019-02933142-GDEMZA-MESA#MEIYE

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA Y ENERGIA
Fecha de la disposición 4 de Septiembre de 2020

MENDOZA, 04 DE SETIEMBRE DE 2020

Visto el expediente EX-2019-02933142-GDEMZA-MESA#MEIYE, en el cual el Señor JORGE ALBERTO GAMBI, en representación de la firma BODEGA VINTAGE S.A., CUIT Nº 30-71010516-9, interpone recurso jerárquico contra la Resolución N° 270 emitida por el ex Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, actual Ministerio de Economía y Energía, en fecha 10 de mayo de 2019; y

Considerando:

Que si bien al momento del dictado del presente Acto rige en materia de Lealtad Comercial y Defensa de la Competencia el Decreto DNU 274/19, derogatorio de la Ley Nº 22802 y modificatorias, las causas abiertas a la fecha de entrada en vigencia del Decreto se seguirán rigiendo bajo la Ley derogada (Artículo 72 DNU 274/19);

Que por la citada Resolución se aceptó desde el punto de vista formal y se rechazó en el aspecto sustancial el recurso jerárquico interpuesto por la mencionada firma contra la Resolución N° 561/17 dictada por la Dirección de Fiscalización y Control, dependiente del ex Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, actual Ministerio de Economía y Energía;

Que el recurso interpuesto ha sido presentado en tiempo y forma por lo que cabe su admisión desde el punto de vista formal, en virtud de lo establecido en la Ley Nº 9003;

Que la recurrente en esta instancia reitera en lo sustancial los argumentos que vertiera en oportunidad de interponer recurso jerárquico contra la Resolución Nº 561/17 de la Dirección de Fiscalización y Control, sosteniendo que ninguno de ellos fue tratado;

Que los argumentos principales esgrimidos por la empresa, a efectos de desvirtuar la imputación que recae sobre su accionar, consisten principalmente en cuestiones de negocios de índole privada entre las partes. La misma recurrente lo reconoce al sostener que la denunciante morosa, quien aún hoy mantiene el vino en bodega, sigue en la postura de no pagar el depósito, por lo que procederá a intimar a la misma a su retiro y pago del depósito con más daños y perjuicios, caso contrario procederá conforme las leyes le autorizan;

Que en Orden 15 (EXDIG-2018-02171967-GDEMZA-DFYC#MEIYE) se incorpora la denuncia que realiza Inversiones CANP S.A. donde se agregan las declaraciones juradas de ingreso de uva a BODEGA VINTAGE S.A. en marzo de 2013, así como también el listado de comprobantes de ingreso de la Uva emitido por el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), como así también el Contrato de Elaboración por Cuenta...

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