Decreto Nº 133/GCABA/14

FirmantesMACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 7 de Abril de 2014

VISTO:

la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector

Público de la Ciudad y el Decreto N° 1.000/99, reglamentario de la citada norma; la

Ley 4809, promulgada por Decreto N° 523/13 y su distribución analítica aprobada por

Decreto N° 1/14, el E. 2014-02234526- MGEYA-DGOGPP, y

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto

para el ejercicio 2014 formulado por la entidad BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS

AIRES, actuante en el Ministerio de Hacienda;

Que, la Ley N° 70 y su Decreto Reglamentario N° 1000/99 determinan la

obligatoriedad que tienen las máximas autoridades de las empresas y sociedades con

participación mayoritaria del Estado de remitir, antes del 30 de setiembre de cada año,

el proyecto de presupuesto anual que regirá su gestión durante el ejercicio siguiente,

para ser sometido a la aprobación del Poder Ejecutivo y publicarlo luego, en síntesis,

en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, mediante el Decreto N° 190/13 se aprobó como Anexo II del mismo el

cronograma de acciones para la elaboración de los proyectos de presupuesto de

gestión, de financiamiento y gastos de las empresas y sociedades con participación

estatal mayoritaria y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el

Estado sea parte en las decisiones societarias;

Que, el Banco Ciudad de Buenos Aires expone las premisas económicas que se han

tenido en cuenta para la elaboración de su Presupuesto General Económico Nro. 138,

detallando sus ingresos y egresos, la dotación de personal, el estado de resultado

proyectado, de situación patrimonial y el flujo de efectivo para dicho período;

Que, obra en el expediente citado en el Visto, de conformidad con lo establecido por el

artículo 75

de la Ley 70, el informe favorable de la Oficina de Gestión Pública y.

Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Económica

del Ministerio de Hacienda.

Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias (artículos 102 y 104

de la...

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