Decreto N° 820

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición29 de Julio de 2014
CÓRDOBA, 4 de setiembre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVI - Nº 148 Primera Sección 7
Córdoba, 25 de Agosto de 2014
VISTO: El expediente Nº 0039-023486/2002, del registro del
Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la renuncia
presentada por la Abogada Mabel Liliana Albonico al cargo de
Procuradora Fiscal de la Provincia de Córdoba, designada
oportunamente por Decreto N° 696/95 y al cargo de Procuradora
Fiscal Judicial de acuerdo al Decreto N° 641/02, ratificado por su
similar Nº 1816/03.
Que la citada profesional acompaña informe general y particu-
lar de las causas en trámite que le fueran asignadas,
cumplimentando con las disposiciones del artículo 12 del Decreto
Nº 97/08.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, normas legales
citadas, lo dispuesto por los Artículos 1909, 1969, concordantes
y correlativos del Código Civil, lo dictaminado por la Fiscalía
Tributaria Adjunta con el Nº 05/2014, el Área Legales del Ministerio
de Finanzas al Nº 281/14 y por Fiscalía de Estado al Nº 575/
2014 y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 144
inciso 1) de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- ACÉPTASE la renuncia presentada por la Abogada
Liliana Mabel ALBONICO D.N.I. Nº 12.669.378, Matrícula Profesional
N° 1-25152 al cargo de Procuradora Fiscal de la Provincia de
Córdoba y al cargo de Procuradora Fiscal Judicial dependiente de
Fiscalía Tributaria Adjunta, debiendo la misma proceder conforme
las pautas establecidas en el Artículo 12 y concordantes del Decreto
N° 97/08.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el
señor Ministro de Finanzas y por el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése a la
Fiscalía Tributaria Adjunta, a la Secretaría de Ingresos Públicos,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 535 Córdoba, 20 de Mayo de 2014
VISTO: El expediente N° 0047-000893/12/R3 en el que la
Dirección General de Arquitectura, propicia por Resolución Nº
1029/2013, la aprobación del Acta Acuerdo de la primera
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de
Costos correspondiente al mes de julio de 2013, de los trabajos
faltantes de ejecutar en la obra: “EJECUCIÓN DE LAS TAREAS
DE REPARACIONES Y REFUNCIONALIZACIONES que
oportunamente se determinen para la realización del PLAN IN-
TEGRAL DE REGULARIZACIÓN EDILICIA DE
ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES, ubicados en la Ciudad
de Córdoba - AÑO 2013/2014 - ZONA D - PROVINCIA DE
CÓRDOBA”, suscripta el día 30 de octubre de 2013 entre el
Director General de Arquitectura y la Empresa INGECO
S.R.L.,contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Provincial N° 1231/2010 modificatorio
de su similar Nº 1133/2010 y lo dispuesto por Resolución N°
013/2011 del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos
y lo establecido por el artículo 28º del Pliego Particular de
Condiciones.
Que obra en autos Decreto Nº 620 del 20 de mayo de 2013,
por el cual se dispuso la adjudicación y ejecución de la obra
referencia a la empresa INGECO S.R.L., suscribiéndose el
contrato y el replanteo de la obra el día 1 de agosto de 2013.
Que se incorpora la documentación presentada por la contratista
fundamentando su pedido.
Que atento lo dispuesto por los artículos 4,8,9 y 10 del Anexo I
al Decreto Nº 1133/10, rectificado por su similar Nº 1231/10, y lo
dispuesto por Resolución Ministerial Nº 013/11, se verificó una
variación de costo a partir de julio/2013 del 12,00 %, por lo que
se procedió a calcular el Fri (Factor de Redeterminación),
verificándose una variación de costos a partir del mes de julio/
2013 con un porcentaje del 10,80 % habiéndose aplicado los
Números Índice publicados mensualmente en el Anexo del
Cuadernillo INDEC Informa, a valores del mes anterior a dicha
fecha y a valores del mes anterior al de la fecha de cotización
(febrero/2013), lo que implica reconocer a la contratista por
dicho concepto un monto de $ 567.008,97 ascendiendo el
presupuesto de obra redeterminado a la suma de $ 5.817.008,97.
Que la contratista renuncia a todo reclamos por mayores costos,
compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios
de cualquier naturaleza en los términos del articulo 16,
comprometiéndose a integrar, para el caso de que aun no se
haya ejecutado la totalidad de la obra, el importe adicional de
garantía de cumplimiento de contrato.
Que en consecuencia al darse el supuesto previsto en el
Decreto Nº 1231/2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010
y verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente
la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección General de
Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminacion del
precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta
Acuerdo de la primera redeterminación de precio por
reconocimiento de variación de costos.
Que se incorpora Documento Contable-Nota de Pedido N°
2014/000294 que certifica la reserva presupuestaria para atender
la erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las normas legales citadas, lo dispuesto por el artículo
14 del Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar N°
1133/2010, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos
Legales del Ministerio de Infraestructura con el N° 08/2014, por
Fiscalía de Estado bajo el N° 336/2014 y en uso de sus
atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 1º de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de la primera
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de
Costos correspondiente al mes de julio de 2013, por los trabajos
faltantes de ejecutar en la Obra: “EJECUCIÓN DE LAS TAREAS
DE REPARACIONES Y REFUNCIONALIZACIONES que
oportunamente se determinen para la realización del PLAN IN-
TEGRAL DE REGULARIZACIÓN EDILICIA DE
ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES, ubicados en la Ciudad
de Córdoba - AÑO 2013/2014 - ZONA D - PROVINCIA DE
CÓRDOBA”, por la suma de Pesos QUINIENTOS SESENTA
Y SIETE MIL OCHO CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($
567.008,97), suscripta el día 30 de octubre de 2013, entre el
Director General de Arquitectura, Arquitecto Andrés CAPARRÓZ
y el Socio Gerente de la Empresa INGECO S.R.L., Ingeniero
Carlos Alberto DOTTORI, contratista de la obra, que como Anexo
I, compuesto de cuatro (4) fojas, integra el presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la
suma total de PESOS QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL
OCHO CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 567.008,97), a
Jurisdicción 1.50, Programa 516-000, Partida 12.06.00.00 del
P.V. conforme lo indica la Dirección General de Administración
del Ministerio de Infraestructura, en su Documento de
Contabilidad (Nota de Pedido) N° 2014/000294,
ARTÍCULO 3°.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por
redeterminación de precio, debiendo la Empresa INGECO S.R.L.,
integrar el importe adicional de garantía de cumplimiento del
contrato.
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese
intervención a la Dirección General de Administración del Ministerio
de Infraestructura, al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección
General de Arquitectura a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d535.pdf
Decreto N° 820 Córdoba, 29 de Julio de 2014
VISTO: El Expediente N° 0485-019421/2014 del registro del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Y CONSIDERANDO:
Que por Acuerdo N° 269 -Serie "A"- de fecha 29 de Mayo de
2014, el Tribunal Superior de Justicia tomó razón de la Resolución
Serie "A" N° 001.038 de fecha 03 de Abril de 2014 dictada por la
Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, por la
que se acordó la Jubilación Ordinaria de la Ley N° 8024 al
Doctor Lorenzo Víctor RODRÍGUEZ, M.I. N° 5.403.592, Vocal
de Cámara de la Cámara en lo Criminal de Primera Nominación
de esta Capital perteneciente a la Primera Circunscripción,
resolviendo dar de baja al mismo a partir del 01 de Octubre de
2014.
Por ello, lo informado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos bajo el
N° 057/2014 y lo dictaminado por Fiscalía de Estado bajo el N°
516/2014 , en ejercicio de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°.- DASE DE BAJA de la Planta del Poder Judicial,
a partir del 01 de Octubre de 2014, al Doctor Lorenzo Víctor
RODRÍGUEZ, M.I. N° 5.403.592, Vocal de Cámara de la Cámara
en lo Criminal de Primera Nominación de esta Capital
perteneciente a la Primera Circunscripción de la Provincia de
Córdoba, en razón de habérsele otorgado los beneficios de la
Jubilación Ordinaria de la Ley N° 8024.
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por la
señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos y el señor
Fiscal de Estado.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese al Tri-
bunal Superior de Justicia, y a la Caja de Jubilaciones, Pensiones
y Retiros de Córdoba, notifíquese, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
GRACIELA DEL VALLE CHAYEP
MINISTRA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 913 Córdoba, 22 de Agosto de 2014
VISTO: El Expediente N° 0485-019406/2014 del registro del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

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