Decreto N° 246

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2014
CÓRDOBA, 18 de junio de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIII - Nº 94 Primera Sección 3
prescripto por el artículo 14 del Decreto N° 1231/2010, lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales
del Ministerio de Infraestructura con el N° 639/2013, por Fiscalía
de Estado bajo el N° 100/2014 y en uso de sus atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Rede-
terminación de Precio por Reconocimiento de la cuarta Variación
de Costos correspondiente al mes de julio de 2013, por los
trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: “CONSTRUCCIÓN
NUEVO EDIFICIO PARA EL I.P.E.M. N° 157 ANEXO, ubicado
en calle José Hernández esquina Santa Ana - LOCALIDAD:
SANTA MARÍA - DEPARTAMENTO PUNILLA - PROVINCIA
DE CÓRDOBA”, por la suma de pesos seiscientos un mil
trescientos veintinueve con siete centavos ($ 601.329,07),
suscripta con fecha 10 de octubre de 2013, entre el señor Direc-
tor General de Arquitectura y el Socio Gerente de la Empresa
CERES S.R.L., contratista de la obra, la que como Anexo I,
compuesto de tres (3) fojas forma parte integrante del presente
Decreto.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
de pesos seiscientos un mil trescientos veintinueve con siete
centavos ($ 601.329,07), conforme lo indica el Documento de
Contabilidad, Nota de Pedido Nº 2014/000087, de la Dirección
General de Administración del Ministerio de Educación, a
Jurisdicción 1.35, Programa 378-000, Partida 12.06.00.00 del
Presupuesto Vigente que acredita la reserva presupuestaria para
atender la presente erogación.
ARTÍCULO 3°.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir la Enmienda de Contrato por
Redeterminación de Precios, debiendo la contratista integrar el
importe adicional de garantía de cumplimiento de contrato.
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la
de Dirección General de Administración del Ministerio de
Educación, al Tribunal Cuentas de la Provincia, comuníquese,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección
General de Arquitectura a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d177.pdf
Decreto N° 214 Córdoba, 11 de Marzo de 2014
VISTO: el Expediente Nº 0045-014028/2007 del registro del
Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la Dirección Provincial de
Vialidad, por Resolución Nº 41/2014 propicia la asignación de
la suma de Pesos Seis millones ($6.000.000,00) a los Consorcios
Camineros de la Provincia de Córdoba, destinados a la
adquisición de vehículos.
Que desde el área de origen se destaca la necesidad de otorgar
el aporte referido para dar continuidad al plan de reequipamiento
de los Consorcios Camineros, los cuales tienen como obligación
mantener en buen estado de conservación las Redes
Secundaria y Terciaria Provincial, dentro del ámbito de sus
respectivas jurisdicciones.
Que de las constancias de autos surge que el monto a asignar
será depositado en la Cuenta Bancaria que designe la Asociación
de Consorcio Camineros, entidad que tendrá a su cargo la
administración de los fondos, sin perjuicio de la fiscalización que
por ley le corresponde a la Dirección Provincial de Vialidad.
Que en cumplimiento de lo exigido por el artículo 80 de la Ley
Nº 9086, se acompaña el Documento de Contabilidad, Nota de
Pedido Nº 2014/000135.
Por ello, lo dispuesto por los artículos 28 incisos c) y d) y 31 de
la Ley Nº 6233, lo dictaminado por la Dirección General de
Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el Nº 34/
2014, por Fiscalía de Estado bajo el Nº 125/2014 y en uso de
sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- ASÍGNASE la suma de Pesos Seis millones ($
6.000.000,00) a los Consorcios Camineros de la Provincia, a fin
de ser destinados a la adquisición de vehículos, la que deberá
ser depositada en la cuenta bancaria que designe la Asociación
de Consorcios Camineros, quien tendrá a su cargo la
administración de dichos fondos, bajo la fiscalización de la
Dirección Provincial de Vialidad.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
de Pesos Seis millones ($ 6.000.000,00), conforme lo indica el
Departamento Administración y Personal de la Dirección Provin-
cial de Vialidad en su Documento de Contabilidad, Nota de Pedido
Nº 2014/000135 con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 504-
006 Partida 10.04.99.00 del Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por
los señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLICESE, pase al Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad,
al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y
archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 246 Córdoba, 17 de Marzo de 2014
VISTO: el expediente Nº 0045-013959/2007/A42 del registro
de la Dirección Provincial de Vialidad.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección propicia
por Resolución Nº 850/2013 la aprobación del Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la décima y
undécima Variación de Costos, correspondientes a los meses de
marzo y junio de 2013, por los trabajos faltantes de ejecutar en
la obra: “PAVIMENTACIÓN CAMINO A CAPILLA DE LOS
REMEDIOS (RUTA PROVINCIAL U-203) - TRAMO: RUTA
NACIONAL Nº 9 - AUTOPISTA CÓRDOBA - PILAR -
DEPARTAMENTO: CAPITAL”, suscripta con fecha 28 de octubre
de 2013, entre el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad
y el Apoderado de la Empresa VIMECO S.A., contratista de la
obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Nº 73/2005, conforme lo previsto en
el Pliego Particular de Condiciones que rige la ejecución del
Contrato de Obra Pública.
Que por Decreto N° 837 del 16 de julio de 2013, se aprobo el
Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento
de Variación de Costos correspondiente a los meses de noviembre
de 2010, abril y agosto de 2011, y febrero, junio y noviembre de
2012, y el reconocimiento de la variación de la alícuota de los
Ingresos Brutos, habiéndose firmado la addenda de contrato
correspondiente con fecha 11 de septiembre de 2013.
Que en ese marco, la contratista solicita la redeterminación de
precio del contrato por la parte de obra faltante de ejecutar a los
meses de marzo y junio de 2013, presentando las funda-
mentaciones correspondientes.
Que, de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 7 y
concordantes del régimen de redeterminación aplicable (Anexo
I, Decreto N° 73/2005), se ha verificado el cumplimiento de los
requisitos establecidos por el artículo 3 del mismo, habiéndose
producido una variación de costos por obra faltante de ejecutar
superior al siete por ciento (7%), en relación al contrato.
Que la variación de costos que componen el precio de la obra
alcanzan un 7,86% y un 7,47% a marzo y junio de 2013,
respectivamente, con relación a los montos de obra faltantes de
ejecutar.
Que de acuerdo al informe de la repartición de origen, al
momento de la solicitud de las redeterminaciones de precio en
cuestión, se ha ejecutado un 85,50% y un 89,46% de la obra,
según Certificaciones Nros. 40 y 43 correspondientes al 28 de
febrero y 31 de mayo de 2013.
Que los montos de obra faltantes de ejecutar a la fecha de
solicitud de la décima y undécima redeterminación (marzo y junio
de 2013), ascienden a las sumas de $ 7.704.601,30, y $
6.026.945,02, lo que implica un incremento sobre el precio total
del contrato de $ 537.467,30, y $ 402.231,68, respectivamente.
Que conforme la Ley Impositiva Anual N° 10.180, modificatoria
del régimen impositivo en el orden provincial, corresponde restituir
en concepto de Impuesto a los Ingresos Brutos, una alícuota del
4,00% sobre el 100% de la Base Imponible, correspondiendo
aplicar en cada uno de los certificados de obra sujetos a ajuste a
los fines de su cálculo, un coeficiente de 1,033057 para aquellos
contratos licitados con anterioridad al 01 de agosto de 2008, y de
1,012397 para los licitados entre dicha fecha y el 01 de enero de
2013, lo que implica un reconocer a la contratista por dicho
concepto y respecto a las redeterminaciones de precio en cuestión
de la suma total de $ 31.063,63
Que la contratista renuncia a todo reclamo por mayores costos,
compensaciones, gastos improductivos, intereses o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza, conforme los términos del
artículo 14 del Anexo I del Decreto N° 73/2005.
Que conforme con lo previsto en el artículo 11 del Anexo I al
Decreto Nº 73/2005, la Dirección Provincial de Vialidad ha
considerado conveniente la redeterminación del precio del
contrato, por lo que ha procedido a suscribir con la contratista el
Acta Acuerdo de redeterminación de precio por reconocimiento
de variación de costos, habiéndose incorporado en autos el
Documento de Contabilidad, Nota de Pedido Nº 2014/000386
para atender la presente erogación.
Por ello, las actuaciones cumplidas, la normativa citada, lo
dispuesto por el artículo 12 Decreto N° 73/2005, lo dictaminado
por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio
de Infraestructura con el N° 657/2013, por Fiscalía de Estado
bajo en N° 153/2014 y en uso de sus atribuciones constitucional;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Rede-
terminación de Precio por Reconocimiento de la décima y
undécima Variación de Costos correspondiente a los meses de
marzo y junio de 2013, por trabajos faltantes de ejecutar en la
obra: “PAVIMENTACIÓN CAMINO A CAPILLA DE LOS
REMEDIOS (RUTA PROVINCIAL U-203) - TRAMO: RUTA
NACIONAL Nº 9 - AUTOPISTA CÓRDOBA - PILAR -
DEPARTAMENTO: CAPITAL”, por la suma total de PESOS
NOVECIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y
DOS CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($ 970.762,61),
suscripta con fecha 28 de octubre de 2013, entre el Presidente
de la Dirección Provincial de Vialidad y el Apoderado de la
Empresa VIMECO S.A. contratista de la obra, la que como
Anexos I compuesto de NUEVE (9) fojas forma parte integrante
del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
total de PESOS NOVECIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS
SESENTA Y DOS CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($
970.762,61), conforme lo indica el Departamento Administración
y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad en su

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