Decreto N° 120

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición10 de Febrero de 2014
CÓRDOBA, 21 de febrero de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DLXXXIX - Nº 19 Primera Sección
1ª
AÑO CI - TOMO DLXXXIX - Nº 19
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 21 DE FEBRERO DE 2014
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
Donación de la Municipalidad de
Monte Cristo de lote de terreno
PODER
EJECUTIVO
Decreto N° 108 Córdoba, 10 de febrero de 2014
VISTO: El expediente Nº 0424-047498/2012, en que la
Municipalidad de Monte Cristo, mediante Ordenanza N° 829/09,
promulgada por Decreto Nº 076/09 y su modificatorio N° 131/09,
ofrece en donación a favor de la Provincia de Córdoba, un inmueble
ubicado en la mencionada Ciudad, con cargo a la construcción del
Centro Educativo de Nivel Inicial y Primario “25 de Mayo” o los
intereses que mejor convengan a la comunidad.
Y CONSIDERANDO: Las actuaciones cumplidas, lo prescripto
por los artículos 1789, 1810 “in fine” y 2342 inciso 4, concordantes y
correlativos del Código Civil, lo informado por el Área Cartografía de
la Dirección de Catastro a fs. 6 y por Escribanía General de Gobierno
a fs. 10, Informe Nº 11-468/12 de Contaduría General de la Provincia,
Informe N° 173/12 del Registro General de la Provincia y de acuerdo
con lo dictaminado por el Área Legales del Ministerio de Finanzas al
Nº 367/12 y Dictamen de Fiscalía de Estado Nº 0033/14.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- ACÉPTASE y agradécese la donación efectuada
por la MUNICIPALIDAD DE MONTE CRISTO (CUIT Nº 30-
99912213-9), con domicilio legal en calle Luis F. Tagle esquina Pizarro
de la mencionada Ciudad, mediante Ordenanza N° 829/09,
promulgada por Decreto Nº 076/09 y su modificatorio N° 131/09, de
un Lote de terreno ubicado en Monte Cristo, Pedanía Constitución,
Departamento Colón de esta Provincia, designado como Lote 1 de
la Manzana 141 que mide y linda: al Este 58,45 mts., con calle Julio
Sched; al Sudeste, 84,33 mts. con sucesión de Carlos Campelli,
39,43 mts. al Oeste con calle Florencio Ameghino y 86,54 mts. al
Noroeste con calle Claudio Digon, con una superficie total de CUATRO
MIL CIENTO DOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y
DOS CENTÍMETROS CUADRADOS (4.102,62 mts. cdos.), consta
inscripto en el Registro General de la Provincia a nombre de la
Municipalidad de Monte Cristo a la Matrícula Nº 1257451,
Nomenclatura Catastral: Dpto. 13, Ped. 03, Pblo. 64, C: 01, S: 01,
Mza: 141, P: 001, Plano N° 135039, Cuenta N° 13-03-2608325/0,
con cargo a la construcción del Centro Educativo de Nivel Inicial y
Primario “25 de Mayo” o los intereses que mejor convengan a la
comunidad.
ARTÍCULO 2º.- El inmueble descripto en el Artículo 1°, ingresará al
dominio privado de la Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 3°.- FACÚLTASE a Escribanía General de Gobierno
a efectuar la inscripción del inmueble donado en forma directa a favor
de la Provincia de Córdoba (CUIT Nº 30-70818712-3), con domicilio
legal en calle Rosario de Santa Fe N° 650 de esta Ciudad, en el
Registro General de la Provincia, conforme los términos del artículo
1810 “in fine” del Código Civil.
ARTÍCULO 4º.- FACÚLTASE a la Dirección General de Rentas
para que cancele la deuda que existiere en concepto de Impuesto
Inmobiliario, como así también recargos, intereses y multas en pro-
porción a la superficie donada, conforme con lo establecido en el artículo
172 del Código Tributario Provincial -Ley Nº 6006, T.O. 2012.
ARTÍCULO 5º.- La Dirección de Catastro si correspondiere, practicará
la mensura e individualización del citado predio de la que resultará en
definitiva las medidas, superficies, colindancias y demás datos catastrales.
ARTÍCULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por los seño-
res Ministros de Finanzas y de Educación y por el señor Fiscal de
Estado.
ARTÍCULO 7º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
PROF. WALTER MARIO GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 120 Córdoba, 10 de febrero de 2014
VISTO: el Expediente N° 0109-093733/2010 del registro
del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones obra la Resolución
N° 0025/2012 de la entonces Dirección General de
Educación Inicial y Primaria, dependiente del citado
Ministerio, mediante la cual se dispuso ad referendum de
la autoridad competente, suspender provisoriamente el
servicio educativo en la Escuela de Nivel Primario “JUAN
MARTIN DE PUEYRREDON” de la localidad de Alto de
Fierro -Departamento Río Seco-.
Que conforme a las constancias documentales e
informativas incorporadas en autos y prescripciones legales
de rigor, la decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra
dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos
jurídico-formales-pedagógicos estatuidos por el artículo 3°
del Decreto N° 41009/A/38 y sus modificatorios,
encontrándose tal determinación técnica, administrativa e
institucional, plasmada en la resolución de marras.
Que de acuerdo con lo expuesto, no existe objeción alguna
para la ratificación en esta instancia del instrumento legal en
análisis.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N° 1693/
2011 del Area Jurídica del Ministerio de Educación y lo
dictaminado por Fiscalía de Estado en casos similares;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1°. RATIFÍCASE la Resolución N° 0025/
2012 de la entonces Dirección General de Educación Inicial
y Primaria, del Ministerio de Educación, mediante la cual se
dispuso suspender provisoriamente el servicio educativo
en la Escuela de Nivel Primario “JUAN MARTIN DE
PUEYRREDON” de la localidad de Alto de Fierro -
Departamento Río Seco-, en los términos y condiciones que
se consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante
de este instrumento legal como Anexo I, compuesto de una
(1) foja.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto será refrendado por
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