Decreto N° 958 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición23 de Junio de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIII - Nº 178
CORDOBA, (R.A.), MARTES 12 DE SETIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Que dicha obra fue adjudicada, previa tramitación de la Licitación Pú-
blica pertinente, por Decreto Nº 309 de fecha 8 de abril de 2014, y consistía
en la transformación de la Ruta Nacional Nº 19 en Autovía, cubriendo apro-
ximadamente una extensión de 22,4 Kms.
Que por la citada Acta Acuerdo ambas partes convienen en modicar
el proyecto de la obra original, a los nes de transformar la Autovía en
Autopista con retornos y accesos a distinto nivel, en el tramo: Río Primero
– Montecristo de la Ruta Nacional Nº 19; todo de conformidad a las instruc-
ciones impartidas por la Dirección Nacional de Vialidad.
Que se celebró, con fecha 16 de enero de 23017, una Adenda modi-
catoria al Convenio Marco suscripto entre el Administrador General de la
Dirección Nacional de Vialidad y el Ministerio de Vivienda, Arquitectura y
Obras Viales, estableciendo que la Provincia nanciará el 100% del monto
correspondiente a las obras “Au-RN Nº 19, Tramo: Río Primero – Montecris-
to, adecuación del tramo Variante Montecristo en ejecución a Autopista”.
Que consta agregado en autos informe técnico de la Dirección Nacio-
nal de Vialidad de fecha 20 de Julio de 2016, con la planimetría respectiva,
e informe de la Dirección Provincial de Vialidad.
Que la modicación propuesta origina mayores volúmenes de obra,
en los ítems correspondientes a las nuevas obras de arte a ejecutar, otras
advertidas al momento de inicio de la construcción en los primeros 7 Kms.,
como así también trabajos por razones de seguridad, tal cual se detalla en
los puntos VII, IX y XII del Acta Acuerdo cuya aprobación se gestiona.
Que en denitiva, se procura ajustar la totalidad de kilómetros que
abarca la obra original, reduciéndolos a 11.2 Kms. del Tramo: Inicio de Va-
riante Río Primero - Fin Variante Piquillín, cumpliéndose con la totalidad de
las nuevas pautas de diseño exigidas por la Dirección Nacional de Vialidad.
Que el Acta Acuerdo en cuestión deja sentada la conformidad de la
Contratista para que el Comitente proceda a licitar las obras correspon-
dientes al tramo restante, es decir: Fin Variante Piquillín – Estación de Pea-
je Montecristo; aclarando, también, que la adecuación de la obra acordada
con la contratista deberá respetar el monto del contrato vigente, no pu-
diendo superar los incrementos que resulten necesarios el porcentaje de
modicación previsto en el artículo 40 de la Ley Nº 8614.
Que la contratista ha renunciado, a través de la Cláusula 8va., a todo
reclamo y/o acción judicial o extrajudicial por compensación de costos y/o
gastos directo o indirectos, gastos improductivos o derivados de cualquier
causa o naturaleza, relacionada con la obra de marras, tanto en su con-
cepción original como por las adecuaciones que se deriven de lo acordado,
como así también fundado en la contratación y/o ejecución de la obra con
las modicaciones en cuestión.
Que los restantes oferentes del procedimiento licitatorio originalmente
tramitado han prestado conformidad a la modicación de que se trata, se-
gún surge de la Cláusula 9na. Del Acta Acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde a este Poder Ejecutivo en su carác-
ter de autoridad competente aprobar el Acta Acuerdo de que se trata, toda
vez que la totalidad de los participantes del proceso licitatorio han prestado
su expresa conformidad a la adecuación dispuesta por la Dirección Nacio-
nal de Vialidad, renunciando la contratista a todo reclamo derivado de la
citada Acta Acuerdo; por ende tratándose de una relación exclusivamente
patrimonial se encuentra debidamente acreditado que la medida dispuesta
no afecta el erario público, el orden público ni derechos de terceros. Ello,
con sustento legal en lo dispuesto en los artículos 957, 958, 959, corre-
lativos y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación y en el
artículo 40 de la Ley Nº 8614 y sus modicatoria.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Vivienda, Arqui-
tectura y Obras Viales con el N° 303/2017, por Fiscalía de Estado bajo el Nº
1019/17 y en uso de sus atribuciones constitucionales,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- APRUÉBASE el ACTA ACUERDO, suscripta con fecha 31
de julio de 2017, entre la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD repre-
sentada por su Presidente, señor Osvaldo Rubén VOTTERO y la empresa
DECAVIAL S.A.I.C.A.C. – SUPERCEMENTO S.A.I.C. – U.T.E., represen-
tada por los señores Alfredo Antonio STRIGLIO y Santiago Nicolás MO-
RESCO, contratista de la obra: “DUPLICACIÓN DE CALZADA AUTOVÍA
RUTA NACIONAL Nº 19 – VARIANTE KM. 691 Y VARIANTE PIQUILLÍN
– TRAMO: ESTACIÓN DE PEAJE MONTECRISTO – INICIO VARIANTE
RIO PRIMERO – DEPARTAMENTO: RÍO PRIMERO”, que como Anexo I
compuesto de tres (3) fojas, se acompaña y forma parte integrante del
presente instrumento legal.
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VI-
VIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA,
FISCAL DE ESTADO
ANEXO: https://goo.gl/oZ5NVi
Córdoba, 23 de junio de 2017
VISTO: El expediente Nº 0424-065382/2017, del registro del Ministerio de
Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones se gestiona la autorización al señor
Ministro de Finanzas, Lic. Osvaldo Eugenio Giordano, y a la señora Se-
cretaria de Administración Financiera, Cra. Mónica Silvia Zornberg, para
viajar en misión ocial a las ciudades de Nueva York, Boston, Los Ángeles
y Londres entre los días 23 de junio y 3 de julio de 2017 inclusive, como
integrantes de la delegación de la Provincia de Córdoba que participará
en el “Roadshow”, en el marco de lo establecido en las Leyes Nros. 10.339
y 10.449 y el Decreto Nº 645/17; tramitándose, asimismo, la autorización
para librar los fondos necesarios en concepto de viáticos.
Que insta la presente gestión el Área de Relaciones Institucionales de
la citada cartera ministerial, acompañando invitación cursada a los men-
cionados funcionarios, por el Presidente del Banco de la Provincia de Cór-
doba, quien informa que los gastos de alojamiento y traslados, estarán a
cargo de la mencionada entidad.
Que se incorpora cálculo de viáticos para cada uno de los integran-
tes del viaje de que se trata, estimando que el monto a erogar por dicho
concepto asciende a la suma de Un Mil Trescientos Sesenta y Ocho Dó-

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