Decreto N° 843

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 3 de Agosto de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 216 CÓRDOBA, 10 de Noviembre de 20152
una diferencia de más de $ 42.112.798,45,
representando un incremento del 29,15% del
monto contractual, lo que requiere una ampliación
del plazo de obra de diez (10) meses, llevando
la fecha de finalización de los trabajos al día 20
de julio de 2016.
Que se ha incorporado en autos el
correspondiente Documento Contable- Nota de
Pedido N° 2015/000667, en cumplimiento a lo
establecido por el artículo 13 de la Ley N° 8614,
así como el Certificado de Habilitación para
Adjudicación, expedido por el Registro de
Constructores de Obras (artículo 7 del Decreto
N° 8/98 y Resolución N° 002/99 del entonces
Ministerio de Obras, Servicios Públicos y
Vivienda).
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales
citadas, lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley
de Obras Públicas N° 8614, lo dictaminado por
la Dirección General de Asuntos Legales del
Ministerio de Infraestructura con el N° 250/2015,
por Fiscalía de Estado bajo el N° 528/2015, y en
uso de sus atribuciones constitucionales.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Modificación
de Obra Nº 1, correspondiente a los trabajos
necesarios de efectuar en la obras:
“DUPLICACIÓN DE CALZADA EN RUTA
NACIONAL Nº 19 – TRAMO: CÓRDOBA -
MONTECRISTO Y RUTAS VARIAS DE LA
ZONA 2 – DEPARTAMENTOS: CAPITAL,
TOTORAL - RÍO I - RÍO II - TERCERO ARRIBA
- SAN JUSTO (CONTRATO MODULAR)” y
consecuentemente ADJUDÍCASE la ejecución de
los mismos a la Empresa BOETTO Y
BUTTIGLIENGO S.A. – CONSTRUC CIONES
DE INGENIERÍA S.A. – U.T.E., contratista de la
obra principal conforme Planilla, que como Anexo
I, compuesto de UNA (1) foja, integra el presente
Decreto, por la suma de Pesos Cuarenta y Dos
Millones Ciento Doce Mil Setecientos Noventa y
Ocho con Cuarenta y Cinco Centavos
($42.112.798,45), estableciéndose un plazo de
ejecución de obra de diez (10) meses.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que
asciende a la suma de Pesos Cuarenta y Dos
Millones Ciento Doce Mil Setecientos Noventa y
Ocho con Cuarenta y Cinco Centavos ($
42.112.798,45), con cargo al Presupuesto
Ejercicio Futuro, conforme lo indica el
Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad dependiente del
Ministerio de Infraestructura en su Documento
de Contabilidad-Nota de Pedido) N° 2015/
000667.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente
de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir
el respectivo contrato de obra, previo
cumplimiento por parte del adjudicatario de los
recaudos legales pertinentes, debiendo la
contratista integrar la garantía de fiel cumplimiento
en la misma proporción establecida para el
contrato principal y cumplimentar con el sellado
de Ley de las Enmiendas de Contrato por
Modificación de Obra.
Artículo 4º.- El presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése
intervención al Departamento Administración y
Personal de la Dirección Provincial de Vialidad
dependiente del Ministerio de Infraestructura, al
Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,
notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos
y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/XsAobE
Decreto N° 843
Córdoba, 3 de agosto de 2015
VISTO: El expediente Nº 0451-002452/2013
del Registro del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia
la convalidación de lo actuado, la declaración de
legítimo abono y la autorización de pago de las
mercedes locativas adeudadas en relación al
inmueble ubicado en calle Rufino Cuervo Nº
1085, denominado como PH 15, Oficina 7, Bar-
rio Las Rosas de la ciudad de Córdoba Capital,
en donde funcionan dependencias del Instituto
de Planificación del Área Metropolitana
(I.P.L.A.M.), desde el 1º de abril del 2015, como
así también la contratación en forma directa de la
locación de dicho inmueble hasta el 31 de marzo
del 2017.
Que luce oferta presentada por la señora Caro-
lina Bonelli (D.N.I. Nº 22.775.980) propietaria
del inmueble a los fines de la renovación del
contrato de que se trata.
Que el Coordinador del Instituto de Planificación
del Área Metropolitana del Ministerio de
Infraestructura impulsa la medida, destacando la
importancia de continuar la locación donde se
ubica actualmente, atento que el mismo reúne las
características de ser único en su tipo, resultando
su ubicación inmejorable para la finalidad del
Instituto ya que permite el fácil acceso para
intendentes y funcionarios del área metropolitana
de Córdoba.
Que ha tomado intervención de su competencia
el Consejo General de Tasaciones de la
Provincia.
Que se acompaña copia del contrato y de su
enmienda, cuya ratificación se tramita, firmado
por las partes, en el que se plasma el precio
ofrecido por la locación de que se trata, con un
monto mensual de $ 10.560,00, ascendiendo a
la suma total de $ 253.440,00 durante los
veinticuatro meses de duración del mismo, por
mensualidades enteras no fraccionadas,
adecuándose dicho monto a lo establecido
legalmente, no superando el tope máximo de
diferencia del veinte por ciento (20%).
Que dado que se ha continuado con la
ocupación del inmueble desde la fecha del
vencimiento del contrato de locación autorizado
por Decreto Nº 1474/2013, de acuerdo a lo
informado por los señores Coordinador del
Instituto del Área Metropolitana y Ministro de
Infraestructura, y a efectos de evitar un
enriquecimiento sin causa a favor de la
Administración y en detrimento del patrimonio del
locador, corresponde convalidar lo actuado,
declarar de legitimo abono los importes
adeudados a la señora Bonelli en concepto de
mercedes locativas en relación al inmueble
referenciado desde el 01 de abril de 2015 hasta
la fecha del presente decreto, y autorizar su pago,
como así también aprobar el contrato de locación
y su enmienda, suscriptos por las partes desde
esa fecha y hasta el 31 de marzo de 2017.
Que la contratación tramitada en autos
encuentra sustento legal en las previsiones del
artículo 10, inciso b) apartado 13 de la Ley N°
10.155 y Decreto Reglamentario Nº 305/14
Anexo III, que habilita la contratación directa para
el suspuesto de toma de arrendamiento de
inmuebles cuando las necesidades del servicio
lo hicieran aconsejable.
Que se acompaña el Documento Contable
(Nota de Pedido) Nº 2015/001469, para atender
el gasto correspondiente.
Por ello, las actuaciones cumplidas, la
normativa citada, lo dictaminado por la Dirección
de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio
de Infraestructura con los Nros. 318/2015 y 357/
2015 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 658/15
y en uso de sus atribuciones constituciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- CONVALÍDASE lo actuado por
el Instituto de Planificación del Área Metropolitana
(I.P.L.A.M.) dependiente del Ministerio de
Infraestructura en relación a la locación del
inmueble ubicado en calle Rufino Cuervo Nº
1085, denominado como PH 15, Oficina 7, Bar-
rio Las Rosas de la ciudad de Córdoba Capital,
en donde funcionan las dependencias del citado
Instituto, DECLÁRANSE de legítimo abono las
sumas adeudadas en concepto de mercedes
locativas a la señora Carolina Bonelli - (M.I. Nº
22.775.980), locadora del referido inmueble,
desde el día 1 de abril de 2015 hasta la fecha del
presente instrumento legal, y AUTORÍZASE el
pago cancelatorio de las mismas.
Artículo 2º.- CONTRÁTASE en forma directa
con la señora Carolina Bonelli (M.I. Nº
22.775.980), la locación del inmueble sito en calle
Rufino Cuervo Nº 1085, denominado como PH
15, Oficina 7, Barrio Las Rosas de la ciudad de
Córdoba Capital, para ser destinado al
funcionamiento de dependencias del Instituto de
Planificación del Área Metropolitana, a partir de
la fecha del presente Decreto y hasta el día 31 de
marzo de 2017, con opción a prórroga, de
acuerdo con lo establecido en el contrato y su
enmienda que, como Anexos I y II compuestos
de una (1) foja útil cada uno, respectivamente, se
acompañan y forman parte integrante del
presente instrumento legal.
Artículo 3º.- IMPÚTASE el egreso que
implique el cumplimiento de lo dispuesto en
los artículos anteriores por la suma total de Pesos
Doscientos Cincuenta y Tres Mil Cuatrocientos
Cuarenta ($253.440,00) conforme lo indica la
Dirección General de Administración del Ministerio
de Infraestructura, en su Documento de
Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2015/001469,
de la siguiente manera:
Jurisdicción 1.50, Programa 526-000, Partida
3.02.01.00 del P.V. …...………… $ 95.040,00
Importe Futuro Año 2016……… $ 126.720,00
Importe Futuro Año 2017…… …$ 31.680,00
Artículo 4º.- El presente decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, dése intervención a la Dirección General
de Administración dependiente del Ministerio de
Infraestructura, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, publíquese en el Boletín Oficial, pase
a la citada Dirección a sus efectos, notifíquese y
archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/d2RIxn
Decreto N° 873
Córdoba, 7 de agosto de 2015
VISTO: el Expediente Nº 0047-016023/2011/
R14 del registro del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección
General de Arquitectura propicia por Resolución
Nº 525/2014, la aprobación del Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento
de la Quinta Variación de Costos correspondiente
al mes de febrero de 2014, por trabajos faltantes
de ejecutar de la obra: “CONSTRUCCIÓN
NUEVO EDIFICIO PARA EL I.P.E.M. N° 325,
ubicado en calle Ortega G. (entre Malcom y Fage)
– B° Arguello Lourdes – Córdoba –
Departamento: Capital”, suscripta con fecha 22
de abril de 2014 entre el entonces Director Gen-
eral de Arquitectura y el Presidente del Directorio
de la Empresa E.C.O.P. S.A., contratista de la
obra.
Que la redeterminación de precio de que se
trata encuadra en las previsiones del Decreto
Provincial Nº 1231/2010, modificatorio de su similar
N° 1133/2010, lo dispuesto por Resolución Nº
013/2011 del entonces Ministerio de Obras y
Servicios Públicos y lo establecido por el artículo
21 del Pliego Particular de Condiciones.
Que la obra de referencia fue adjudicada
mediante Decreto Nº 501 de fecha 17 de mayo
de 2012, habiéndose suscripto el contrato
correspondiente con fecha 08-08-2012 y
replanteada la obra con fecha 24-08-2012.
Que obran en autos copias autenticadas de
Actas Acuerdo de Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de la primera, segunda, tercera
y cuarta Variación de Costos, esta última
aprobada por Decreto N° 1365/13.
Que luce incorporada documentación
presentada por la contratista fundamentando su
pedido.
Que la División Certificaciones de la Dirección
General de Arquitectura informa que se ha emitido
Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta a
favor de la contratista.
Que la Sección Estudios de Costos de la
Dirección General de Arquitectura ha elaborado
planilla e informe del que surge que, a partir del
mes de febrero de 2014 se verificó un porcentaje
de variación de costos del 8,52%, por lo que se
procedió a calcular el Factor de Redeterminación
(Fri), que arroja un porcentaje de variación de
costos a partir de dicho mes del 5,97%,
habiéndose aplicado los Números Índice
publicados mensualmente en el Anexo del
VIENE DE TAPA

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