Decreto N° 818

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición29 de Julio de 2015
CÓRDOBA, 10 de Noviembre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 216 Primera Sección 3
Cuadernillo INDEC Informa a valores del mes
anterior a dicha fecha y a valores del mes ante-
rior (julio de 2013), lo que implica reconocer a la
contratista por ese concepto la suma de $
646.437,48, habiéndose considerado el 10% de
utilidad invariable y el porcentaje liquidado en
concepto de Certificado Extraordinario Pago a
Cuenta, ascendiendo el presupuesto de obra
redeterminado a febrero de 2014 a la suma de
$ 24.015.115,43.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo
por mayores costos, compensaciones, gastos
improductivos o supuestos perjuicios de cualquier
naturaleza en los términos del artículo 16 del Anexo
al Decreto referenciado.
Que en consecuencia, al darse el supuesto
previsto en el Decreto N° 1231/2010,
modificatorio de su similar N° 1133/2010, lo
dispuesto por Fiscalía de Estado en Circular Nº
001/13 y verificada la existencia de los supuestos
que tornan procedente la aplicación del citado
instrumento legal, la Dirección General de
Arquitectura ha considerado conveniente la
redeterminación del precio del contrato, por lo
que suscribió con la contratista el Acta Acuerdo
de Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de la Quinta Variación de Costos
correspondiente al mes de febrero de 2014.
Que se agrega Documento Contable (Nota de
Pedido Nº 2015/000411), que certifica la reserva
presupuestaria para atender la erogación que lo
gestionado implica.
Por ello, las normas legales citadas, lo dispuesto
por el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/
2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010,
lo dictaminado por la Dirección General de
Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura
con el N° 336/2014, por Fiscalía de Estado bajo
el N° 000628/14 y en uso de las atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento
de la quinta Variación de Costos correspondiente
al mes de febrero de 2014, por trabajos faltantes
de ejecutar en la Obra: “CONSTRUCCIÓN
NUEVO EDIFICIO PARA EL I.P.E.M. N° 325,
ubicado en calle Ortega G. (entre Malcom y Fage)
– B° Arguello Lourdes – Córdoba –
Departamento: Capital”, por la suma de Pesos
Seiscientos Cuarenta y Seis Mil Cuatrocientos
Treinta y Siete con Cuarenta y Ocho Centavos
($ 646.437,48), suscripta con fecha 22 de abril
del 2014 entre el entonces Director General de
Arquitectura, Arquitecto Andrés Eduardo
CAPARRÓZ, por una parte, y el Presidente del
Directorio de la Empresa E.C.O.P. S.A.,
Licenciado Jerónimo FERRERO, contratista de
la obra, por la otra, que como Anexo I, compuesto
de tres (3) fojas, integra el presente Decreto.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que
asciende a la suma total de Pesos
Seiscientos Cuarenta y Seis Mil Cuatrocientos
Treinta y Siete con Cuarenta y Ocho Centavos
($ 646.437,48), a jurisdicción 1.35 Programa 378-
000 Partida: 12.06.00.00 del P.V., conforme lo
indica la Dirección General de Administración del
Ministerio de Educación en su Documento de
Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2015/000411.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Direc-
tor General de Arquitectura a suscribir la
enmienda de contrato por redeterminación de
precio, debiendo la Empresa E.C.O.P. S.A.,
integrar el importe adicional de garantía de
cumplimiento del contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.-PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, dése intervención a la Dirección Gen-
eral de Administración del Ministerio de Educación,
al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
publíquese en el Boletín Oficial, pase a la
Dirección General de Arquitectura a sus efectos
y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/jsLBwkS
Córdoba, 28 de julio de 2015
VISTO: EL Expediente Nº 0045-017005/2014
por el cual la Dirección Provincial de Vialidad
dependiente del Ministerio de Infraestructura
propicia la designación en Planta Permanente,
bajo el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 572/
09, de Personal Contratado de la citada Dirección
nominado en el Anexo I del presente Decreto .
Y CONSIDERANDO:
Que obra solicitud formulada por el Sindicato
Vial Córdoba (SI.VIAL.CO) a los fines del ingreso
a la Planta Permanente de la Administración
Pública Provincial de personal contratado
dependiente de la Dirección Provincial de
Vialidad, de conformidad a los parámetros
prescriptos por el artículo 6 y siguientes del
Convenio Colectivo de Trabajo N° 572/09, del
personal nominado en el Anexo acompañado
por la citada Dirección.
Que consta en autos documentación relativa al
personal, situación de revista, informes emitidos
por las correspondientes Jefaturas de
Departamento en relación a los cargos de que
se trata, copia de los títulos alcanzados y
constancias de calificaciones de los mismos.
Que la designación propiciada en autos se
encuentra normada - en cuanto requisitos y
procedimientos a observar - por los artículos 6 a
9 del citado Convenio.
Que la División Personal de la Dirección Pro-
vincial de Vialidad certifica el cumplimiento de
dichos extremos por parte del personal
propuesto, pronunciándose en igual sentido el
Presidente de la mencionada Dirección;
destacándose asimismo que los agentes
nominados han sido evaluados satisfactoriamente
conforme los parámetros establecidos por el
Ministerio de Gestión Pública mediante Resolución
N° 374/2014.
Que se ha dado cumplimiento con lo establecido
en el artículos 6 del Convenio Colectivo de
Trabajo N° 572/09, y que los agentes no se
encuentran alcanzados por las causales de
exclusión previstas por el artículo 8 del citado
Convenio Colectivo.
Que atento a ello y lo dispuesto por el Artículo
144 – inciso 10 de la Constitución de la Provincia
de Córdoba, artículo 18 de la Ley N° 8575,
puede este Poder Ejecutivo proceder como se
solicita, en virtud de considerarlo necesario,
oportuno y conveniente.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección Gen-
eral de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el Nº 554/2014 y por Fiscalía
de Estado bajo el Nº 000645/2015, y en uso de
sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- DESÍGNASE en la Planta
Permanente de la Dirección Provincial de Vialidad
dependiente del Ministerio de Infraestructura, bajo
el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 572/09, al
personal contratado de la misma, en las Carreras,
Clases y Categorías descriptas en las planillas,
que como ANEXO I, compuesto de UNA (01)
foja, integra el presente Decreto.
Artículo 2º.-El Ministerio de Infraestructura
gestionará ante el Ministerio de Finanzas las
adecuaciones presupuestarias pertinentes que
demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo anterior.
Artículo 3º.- El presente Decreto será
refrendado por la señora Ministra de Gestión
Pública, los señores Ministro de Infraestructura,
Ministro de Finanzas y por el señor Fiscal de
Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése
intervención al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, a la Dirección General de Presupuesto
e Inversiones Públicas, al Ministerio de Gestión
Pública, infórmese a la Legislatura, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial, pase al Ministerio
Infraestructura a sus efectos y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
DRA VERÓNICA LUCIA BRUERA
MINISTRA DE GESTIÓN PUBLICA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/2PwvW2
Córdoba, 7 de agosto de 2015
VISTO: El expediente Nº 0045-016334/2012 -
Cuerpos I al X, del registro de la Dirección Pro-
vincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de
Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada
Dirección propicia por Resolución Nº 00123/
2015 se apruebe la Modificación de Obra Nº 1,
correspondiente a los trabajos de:
“CONSTRUCCIÓN DE RUTA PROVINCIAL
32 – TRAMO: LA POSTA – LAS ARRIAS (2da.
ETAPA) – DEPARTAMENTOS: RÍO PRIMERO
- TULUMBA”, a cargo de la Empresa ROVIAL
S.A.
Que obra Decreto N° 841 de fecha 16 de julio
de 2013 por el cual se adjudicaron los trabajos
de referencia a la empresa citada.
Que luce en autos Memoria Descriptiva, Pliego
Particular Complementario de Condiciones Nº 1,
Planilla Comparativa de Modificación de Obra
N° 1 y conformidad de la Contratista sobre los
aumentos y disminuciones de cantidades de ítems,
y la renuncia a todo gasto improductivo, gastos
generales directos e indirectos como cualquier
otro que pudiera corresponder por la
instrumentación, la tramitación e implementación
de la presente modificación de obra.
Que el Departamento I Obras y Conservación
de Pavimentos dependiente de la Dirección Pro-
vincial de Vialidad (D.P.V.), produce informe
técnico sobre los aumentos y disminuciones de
ítems originados por la reformulación del proyecto,
cuya planilla comparativa arroja una diferencia
de más de $ 14.302.166,46,
representando un incremento del 25,86% del
monto contractual, lo que requiere una ampliación
del plazo de obra.
Que se ha incorporado en autos el
correspondiente Documento Contable - Nota de
Pedido N° 2015/000424, en cumplimiento a lo
establecido por el artículo 13 de la Ley N° 8614,
así como el Certificado de Habilitación para
Adjudicación, expedido por el Registro de
Constructores de Obras (artículo 7 del Decreto
N° 8/98 y Resolución N° 002/99 del entonces
Ministerio de Obras, Servicios Públicos y
Vivienda).
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales
citadas, lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley
de Obras Públicas N° 8614, lo dictaminado por
la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales
del Ministerio de Infraestructura con el N° 172/
2015, por Fiscalía de Estado bajo el N° 670/
2015, y en uso de sus atribuciones
constitucionales.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Modificación
de Obra Nº 1, correspondiente a los trabajos de:
“CONSTRUCCIÓN DE RUTA PROVINCIAL
32 – TRAMO: LA POSTA – LAS ARRIAS (2da.
ETAPA) – DEPARTAMENTOS: RÍO PRIMERO
- TULUMBA” y consecuentemente ADJUDÍCASE
la ejecución de los mismos a la Empresa ROVIAL
S.A., contratista de la obra principal conforme
Planilla, que como Anexo I, compuesto de UNA
(1) foja, integra el presente Decreto, por la suma
de Pesos Catorce Millones Trescientos Dos Mil
Ciento Sesenta y Seis con Cuarenta y Seis
Centavos ($14.302.166,46), significando una
incidencia en más del 25,86% con respecto a
valores del contrato original, estableciéndose un
plazo de ejecución de obra de ciento veinte (120)
días .
Artículo 2º.- APRUÉBASE la conformidad
expresada por la empresa ROVIAL S.A., sobre
los aumentos y disminuciones de cantidades de
ítems y la renuncia a todo gasto improductivo,
gastos generales directos e indirectos como
cualquier otro que pudiera corresponder por la
instrumentación, la tramitación e implementación
de la presente modificación de obra.
Artículo 3º.- IMPÚTASE el egreso que
asciende a la suma de Pesos Catorce Millones
Trescientos Dos Mil Ciento Sesenta y
Seis con Cuarenta y Seis Centavos
($14.302.166,46) , conforme lo indica el
Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad dependiente del
Ministerio de Infraestructura en su Documento
de Contabilidad (Nota de Pedido) N° 2015/
000424, a Importe Futuro Año 2016.
Artículo 4º.- FACÚLTASE al señor Presidente

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